Compatibilidad Electromagnética; Descargas Electrostáticas; Radios Y Antenas - Man TGL Serie 2018 Directivas De Carrozado De Camiones

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III.
Chasis
8.1.1
Compatibilidad electromagnética
Se deberá comprobar la compatibilidad electromagnética (EMV) debido a la interacción electromagnética entre
los diferentes componentes eléctricos, sistemas electrónicos, el propio vehículo y su entorno. Todos los sistemas
de los vehículos MAN deben cumplir con los requisitos de la norma MAN M3285, disponible en el portal MAN de
documentación técnica (www.ptd.man.eu).
Los vehículos MAN cumplen en su entrega de fábrica con los requisitos de la Directiva ECE R10 en la versión válida
en el momento del suministro. Todos los dispositivos acoplados al vehículo por parte del fabricante del carrozado
y estar correspondientemente marcadas (distintivo E según ECE R10 siempre que sea aplicable) deberán respetar
las pertinentes disposiciones legales en vigor. El fabricante del carrozado asumirá la responsabilidad de la EMV de
los componentes y/o del sistema.
Tras el montaje de los sistemas o componentes eléctricos/electrónicos, el fabricante del carrozado se responsabilizará
de que el vehículo cumpla en todo momento con las actuales disposiciones legales. Se deberá garantizar la libertad
de realimentación del sistema eléctrico/electrónico del carrozado con respecto al vehículo, en particular si el servicio
de los dispositivos de determinación de peaje, los dispositivos telemáticos, los sistemas de telecomunicaciones u
otros tipos de equipamiento del vehículo se ven afectados por interferencias resultantes del carrozado.
8.1.2
Descargas Electrostáticas
El carrocero debe garantizar, mediante la instalación de dispositivos apropiados o medidas apropiadas para
asegurar, que se evitan las descargas electrostáticas.
8.1.3

Radios y antenas

Todos los dispositivos acoplados al vehículo deberán respetar las pertinentes disposiciones legales en vigor.
Todos los sistemas técnicos de transmisión por radio (por ejemplo, equipos de radio, teléfonos móviles, sistemas
de navegación, dispositivos de determinación de peaje, etc.) deben estar debidamente equipados con antenas
exteriores.
Para dicho equipamiento se habrá de respetar lo siguiente:
El equipamiento técnico de transmisión por radio (por ejemplo, control remoto por radio de las funciones
del carrozado) no debe afectar a las funciones del vehículo industrial.
No se deben desplazar los conductos existentes ni emplearlos con otras finalidades.
No se permite su utilización como fuente de alimentación (excepción: antenas activas autorizas por MAN y
su correspondiente alimentación).
Se deberá evitar entorpecer el acceso al resto de componentes del vehículo para su mantenimiento o
reparación.
En caso de orificios en la cubierta, se deberán emplear las posiciones establecidas por MAN así como
el material de montaje autorizado para dicho fin (por ejemplo, tuercas con muescas, juntas, etc.).
Las antenas, conductos, cables, cojinetes y enchufes pueden ser adquiridos a través del servicio de piezas de
repuesto de MAN.
El Anexo I dela Directivo del Consejo Europeo 75/245/CEE, en su versión 2004/104/CD, establece que se deben
hacer públicas las posibles ubicaciones de montaje de antenas de transmisión, las bandas de frecuencia permitidas
así como la potencia de transmisión.
Para las siguientes bandas de frecuencia se permite el montaje profesional en los puntos de sujeción establecidos
por MAN (ver figura 78-III) en la cubierta de cabina.
MAN TGL/TGM
Edición 2018 V2.0
175

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