08/13/2009
Figura 10.2, Interruptor de invalidación de paro
Limitación del ralentí del
motor
Temporizador de ralentí antes del
paro
Esta función es un sistema opcional de paro des-
pués de funcionamiento al ralentí (en marcha mí-
nima) de 1 a 100 minutos. Su propósito es conservar
combustible al eliminar el funcionamiento excesivo al
ralentí, y permitiendo un período de enfriamiento del
turbocargador. Los parámetros y el tiempo de ralentí
antes del paro son programables. Vea el manual de
operación del fabricante del motor para conseguir
detalles específicos para su vehículo.
Limitación del ralentí del motor en
California
Con el fin de cumplir con el estándar de limitación
del ralentí (marcha mínima) del motor establecido
por el California Air Resources Board (consejo de
recursos de aire de California o CARB), se ha in-
cluido en los protocolos de control del motor una fun-
ción de paro del motor después de un período de
funcionamiento al ralentí. Cuando se activa la fun-
ción CARB de limitación de ralentí del motor, éste
normalmente se apagará después de cinco minutos
de funcionamiento continuo al ralentí cuando la tras-
misión está en neutro y el freno de estacionamiento
está puesto. También se apagará después de 15 mi-
nutos cuando la trasmisión está en neutro o en la
posición de estacionamiento (P), con el freno de es-
tacionamiento liberado. Vea el manual de operación
del fabricante del motor para conseguir detalles es-
pecíficos para su vehículo.
Sistemas opcionales del motor
Después de un paro automático, el motor se puede
arrancar y hacer funcionar normalmente.
Activar o cambiar momentáneamente la posición del
pedal de freno, el del embrague, el del acelerador, o
del interruptor de invalidación de paro del motor, o
del freno de estacionamiento durante los 30 segun-
dos finales causará que el temporizador de ralentí
antes del paro se ponga en cero.
Se requiere la función de paro automático en todos
los motores certificados por California (con la excep-
f611040
ción de los motores utilizados en tipos específicos de
vehículos que el estado de California ha declarado
exentos de este requerimiento). Los propietarios que
desean que se les deshabilite la función de paro en
vehículos que funcionan en California deben consul-
tar con las autoridades de California para determinar
si su vehículo califica para la exención.
La función de paro automático generalmente está
deshabilitada en motores certificado por la EPA de
EE.UU. para uso fuera del estado de California.
Control de crucero
No utilice el sistema de control de crucero
cuando las condiciones de conducción no permi-
ten mantener una velocidad constante tal como
en tráfico denso, carreteras de muchas curvas,
heladas, cubiertas de nieve o lisas, o si tienen
grava suelta. No seguir esta precaución podría
dar por resultado una colisión o la pérdida de
control del vehículo, y posibles lesiones persona-
les o daños materiales.
Cuando el control de crucero está activado, no
intente cambiar de marchas sin usar el embra-
gue. No seguir esta precaución dará por resul-
tado un aumento temporalmente descontrolado
de la velocidad del motor. Esto podría dar por
resultado daños a la transmisión y estropeo de
los engranajes.
EL control de crucero se activa por medio de dos
interruptores montados en el tablero
•
Interruptor de encendido y apagado —este in-
terruptor de balancín de dos posiciones está
rotulado "SPD CNTL" (control de velocidad) en
ADVERTENCIA
CUIDADO
(Figura
10.3).
10.2