Ruedas, Circunferencia De Los Neumáticos; Longitud De Vuelo Teórico Admisible - Man TRUCKNOLOGY Manual De Instrucciones

Tabla de contenido
Cuadro 9:
Carga mínima sobre el eje o ejes delantero(s) en cualquier condición de carga en % del peso total del vehículo
Carga mínima sobre el eje o ejes delantero(s) en cualquier condición de carga en % del peso total del vehículo
SDAH = remolques con lanza rígida
ZAA = remolque con eje central
GG = Peso total (vehículo/ remolque)
Número de ejes
Vehículo de dos ejes
Más de dos ejes
Los vehículos de tres ejes con
eje de avance o eje
remolcado elevable se deberán
tratar como si tuvieran dos ejes
cuando se acciona la elevación.
En estas condiciones se aplica
la carga de eje frontal mínima
más elevada para los vehículos
de dos ejes.
Para más de un eje delantero se entiende el valor en % como la suma de las cargas de eje delantero.
Al operar con SDAH / ZAA +otras cargas de parte trasera (p. ej. trampilla de carga, grúa) se debería aplicar el valor más alto
* = -2% en eje de avance / eje remolcado articulado
Los valores se aplican incluyendo posibles cargas adicionales sobre la parte trasera como, por ejemplo, cargas de apoyo ejercidas por
Remolque de eje central
Grúa de carga en la parte trasera del vehículo
Trampillas de carga
Montacargas transportables.
3.3
Ruedas, circunferencia de los neumáticos
Los diferentes tamaños de los neumáticos entre el eje o los ejes delantero(s) y trasero(s) únicamente serán posibles en vehículos
de tracción integral cuando la diferencia de la circunferencia del tamaño de los neumáticos utilizados no sea mayor que 2% o 1,5%
®
en MAN HydroDrive
. Se deberán tener en cuenta los consejos en el capítulo 5 "Carrocería" en lo referente a cadenas antideslizantes,
capacidad de carga y libertad de movimientos.
3.4
Longitud de vuelo teórico admisible
La longitud teórica del vuelo es la medida desde el centro del eje trasero resultante (defi nido por la distancia entre ejes teórica)
hasta el extremo fi nal del vehículo (incluyendo la carrocería). Para la defi nición, véanse las fi guras del siguiente apartado 3.5.
Expresado en tanto por ciento de la distancia entre ejes teórica son admisibles los siguientes valores máximos:
-
Vehículos de dos ejes 65%
-
Todos los demás vehículos 70%
Si el vehículo no estuviera equipado para la tracción de un remolque es posible sobrepasar los valores antes indicados en un 5%.
Condición previa esencial es el cumplimiento de las cargas mínimas sobre el eje delantero indicadas en el apartado 3.2, Cuadro 11,
en cualquier estado de servicio.
Fórmula de ruedas sin SDAH
/ZAA
4x2, 4x4H
25%
4x4
6x2/2, 6x2/4 6x2-2,
20%*
6x2-4 6x4, 6x4-4
6x4H/2, 6x4H/
46x4H-2, 6x4H-4
6x6, 6x6H 8x2-4,
8x2-6 8x4,8x4/4,
8x4-4 8x4H-6, 8x6,
8x6H, 8x8
con SDAH /ZAA
Tridem SDAH /ZAA
GG ≤ 18 t
GG > 18 t
25%
30%
25%*
30%*
TRUCKNOLOGY
Otra carga de
parte trasera
p. ej. grúa
30%
25%
®
GENERATION A (TGA)
21

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