Los gases de escape se mantendrán
dentro de los valores legislativos duran-
te los 80.000 km.* (según corresponda)
o 5 años de uso siempre y cuando se
respeten estrictamente los manteni-
mientos preventivos y las recomenda-
ciones de uso dadas en el Manual de
Uso y Mantenimiento.
* 80.000 km.: Vehículos livianos (PBT
≤ 3.850 kg) con motor de ciclo Otto y
Diesel.
La garantía precedentemente indi-
cada sólo será de aplicación en aque-
llas "configuraciones" o "modelos"
(según definición del texto Legal - Ley
24449/95, Dec. P.E.N. 779/95, Art. 33)
que se hayan certificado con los valores
que superen el 90% de los límites de
emisión establecidos para cada conta-
minante.
CONTROL TÉCNICO
La legislación vigente para algunos
países establece el Control Técnico
Periódico, el primero de los cuales se
efectuará a los 18 meses después de la
venta al primer usuario. Si el vehículo
tuviera un siniestro que afecte alguno
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de los sistemas contemplados en dicho
control, caducará el período faltante
entre la fecha del siniestro u el men-
cionado plazo de 18 meses. Después
de la primera revisión, las restantes se
efectuarán anualmente.
Los periodos previstos para el control
técnico pueden variar según la juris-
dicción, la categoria del vehículo y en
función de la legislación en vigor en el
país. En algunos casos, en lugar de 18
meses, se indica 36 meses y además,
después de la primera revisión, las res-
tantes se efectuarán:
- Para vehículos con menos de 7
años: cada 24 meses.
- Para vehículos con más de 7 años:
cada 12 meses.
Estos períodos pueden variar según la
jurisdicción y en función de la legisla-
ción en vigor en el país.
Cada uno de los sistemas del vehículo
objeto del mencionado control técnico,
se indican en la presente sección de
Mantenimiento, por lo que recomenda-
mos al usuario su especial atención para
que el vehículo se encuentre en correc-
tas condiciones de mantenimiento.
El cumplimiento de los servicios de
Mantenimiento Programado es una for-
ma de satisfacer los requerimientos del
Control Técnico Periódico.
El conjunto de elementos a controlar
consta de:
- El ya mencionado de contamina-
ción ambiental.
- Luces reglamentarias.
- Sistema de dirección, frenos, sus-
pensión, carrocería, llantas, neumáti-
cos.
- Estado general del vehículo tanto
externo como interno.
- Sistema de escape.
- Accesorios de seguridad: cinturones
de seguridad, apoyacabezas, balizas,
extintores de incendios.
Importante:
los
componentes
estructurales (largueros, travesaños,
etc.) son objeto de revisión en el
Control Técnico Periódico estableci-
do por la legislación vigente.