GARANTÍA LIMITADA DE BOMBARDIER
INTERNATIONAL PARA LA EMBARCACIÓN
DEPORTIVA SEA-DOO
1. ÁMBITO
Bombardier Inc. (en lo sucesivo, "Bombardier") garantiza su embarcación deportiva modelo
Sea-Doo del año 2004 nueva y de primera mano (en lo sucesivo "Embarcación deportiva")
vendida por cualquier distribuidor/concesionario autorizado Sea-Doo fuera de los cincuenta
estados de EE.UU y de Canadá (en lo sucesivo "Distribuidor/Concesionario") de todo defecto
en material y mano de obra por el período y bajo las estipulaciones siguientes. Si su embarcación
deportiva va equipada con un motor Rotax®, dicho motor Rotax también va amparado por la
garantía limitada en los términos del presente documento. Si la Embarcación deportiva va
equipada con cualquier otro motor, dicho motor va amparado por la garantía limitada
proporcionada por el fabricante de dicho motor y no va amparado por esta garantía limitada.
2. DURACIÓN DE LA COBERTURA DE LA GARANTÍA
La presente garantía tendrá efecto a partir de la fecha de entrega al primer consumidor minorista
o la fecha en que la Embarcación deportiva se ponga en funcionamiento por vez primera, lo que
suceda primero, durante un período de:
• DOCE (12) MESES CONSECUTIVOS
la estructura del casco de fibra de vidrio, que están amparados por sesenta (60) meses
consecutivos;
• CUATRO (4) MESES CONSECUTIVOS, para uso comercial, excepto: la cubierta y la
estructura del casco de fibra de vidrio, que están amparados por doce (12) meses
consecutivos. Una Embarcación deportiva se utiliza de forma comercial cuando se hace
vinculada a ingresos generados o a cualquier tipo de trabajo o empleo durante cualquier parte
del período de garantía. Una Embarcación deportiva se utiliza también de forma comercial
cuando, en cualquier punto del período de garantía, tiene distintivos comerciales o licencia
para su uso comercial.
Todos los accesorios originales Bombardier instalados por un Distribuidor/Concesionario
autorizado en el momento de la entrega van amparados por la misma garantía que la
Embarcación deportiva. La reparación o sustitución de piezas, o la realización de operaciones
de servicio técnico a la Embarcación deportiva durante el período de garantía no amplían la
duración de la garantía más allá e la fecha límite original.
3. CONDICIONES PARA BENEFICIARSE DE LA GARANTÍA
Esta garantía sólo es válida en el país en que tuvo lugar la venta y sólo después de que el
Distribuidor/Concesionario haya: completado y documentado el proceso de inspección previo a
la entrega especificado por Bombardier; y registrado adecuadamente la Embarcación deportiva.
Sólo el comprador original y los propietarios que residan en el país en el que tuvo lugar la venta
son elegibles para la cobertura de la garantía por el presente documento. Tales limitaciones son
necesarias a fin de que Bombardier pueda proteger la seguridad de sus productos,
consumidores y al público en general. Las tareas periódicas de mantenimiento deben ser
realizadas dentro de los plazos indicados en la Guía del Usuario para mantener la cobertura de
la garantía. Bombardier puede exigir pruebas de que se ha realizado dicho mantenimiento antes
de autorizar la cobertura de la garantía.
1.La garantía comprende VEINTICUATRO (24) meses consecutivos si el producto se vendió en alguno de los países
miembros de la Unión Europea (Directiva EC 1999/44/EC).
El periodo de garantía, no obstante, es de CUATRO (4) meses consecutivos si el producto se utiliza con fines comerciales.
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®
DEL AÑO 2004
(1)
para uso privado, recreativo, excepto: la cubierta y