SSANGYONG KORANDO Manual Del Propietário página 164

Tabla de contenido
1. Nuestro sistema e-CALL proporciona el servicio de llamada e-CALL
conectado a la línea 112 y cumple con el Reglamento General de
Protección de Datos especificado en las leyes de la Unión Europea.
2. El procesamiento de dichos datos está estrictamente limitado a los
fines de gestión de llamadas de emergencia e-CALL a la línea de
atención de emergencias 112 en Europa
3. Tipo de datos y sus destinatarios
• Elementos de datos MSD
1) Tipo de llamada: Llamada automática / Llamada manual
2) Llamada de prueba: Llamada de prueba / Llamada de emergencia
3) Posición de confianza: Sí/No
4) Tipo de vehículo: M1/M2/M3/N1/N2/N3
5) Número de identificación del vehículo (VIN)
6) Tipo de cámara de combustión: Gasolina, diésel
7) Registro de tiempo de evento RTA: Registro de tiempo de
evento por accidente de tránsito en carretera
8) Ubicación del vehículo: Latitud, longitud
9) Dirección del vehículo: Orientación del vehículo al momento del
evento
• Elementos de datos de registro de llamadas
1) Tiempo de activación: Tiempo en que inicia el evento (al
detectar colisión o al presionar el botón).
2) DTC : Código de diagnóstico del problema
3) Tipo de activación: Llamada manual / Llamada automática /
Reiteración de llamada
4) RSSI : Intensidad de señal GSM(2G) o UMTS(3G)
5) Ec/No : Proveedor de energía / Ruido por densidad de energía
6) Tipo de llamada: GSM(2G) / UMTS(3G) / Reservada
7) Estado de llamada finalizada: Motivo de finalización de la llamada
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Equipo conveniente
Aviso
4. El sistema vehicular e-CALL basado en la línea de emergencias 112
está diseñado para:
- Garantizar que los datos contenidos en la memoria del sistema
no estén disponibles externamente antes de activarse la llamada
e-CALL
- Garantizar que la llamada no sea rastreable y no esté sujeta a
identificación permanente en su estado de operación normal
- Garantizar que los datos en la memoria interna del sistema sean
eliminados de forma continua y automática
5. El propietario del vehículo tiene derecho a acceder a los datos y
a actualizarlos según corresponda, borrarlos o bloquearlos, fuere
lo que fuere, toda vez que su procesamiento no cumpla con las
disposiciones de la Directriz 95/46/EC.
6. Los datos en cuestión deben cumplir con las disposiciones de las
autoridades de protección de datos competente siempre y cuando
se considere que los derechos han sido vulnerados debido al
procesamiento de datos personales.
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