operación se configura como "reacondicionamiento".
El uso de repuestos no originales comporta la anulación de la garantía del fabricante, si está en curso.
14. DISPOSItIVOS DE PrOtECCIÓN INDIVIDUAL/
EQUIPOS
14.1. DOTACIONES Y EQUIPOS DE LA TRIPULACIÓN DE CABINA
Efectuando el transporte en exención ADr, no se requiere explícitamente la dotación de idóneos dispositivos de protección individual
(DPI) es en todo caso apropiado, con el fin de cumplir con la legislación y la normativa sobre prevención de accidentes y salud en el lugar
de trabajo (Decreto Legislativo 81/08 - Decreto Legislativo 106/2009), disponer de los siguientes dispositivos de protección individual
(DPI):
– n° 1 par de guantes de trabajo de conformidad con EN 374
– n° 1 par de botas antideslizantes
– gafas con protección completa de los ojos
– agua pura para el lavado de ojos en caso de contaminación.
En caso de transporte no exento (por ejemplo transporte de n. 860 litros de gasóleo con n° 2 Ctk 450 + ulteriores n. 6 bidones de 25 l.
de gasóleo, por un total de 1010 litros, o bien, transporte de 920 litros de gasóleo con n° 1 Hippotank + ulteriores n. 5 bidones de 25 l.
de gasóleo, por un total de 1020 litros) es necesario disponer de todos los equipos previstos en el cap. 8.1.5 ADr (véase también § 10).
14.2. DOTACIONES Y EQUIPOS DEL VEHÍCULO
Efectuando el transporte en exención ADr, no se requiere explícitamente una dotación para el vehículo, es en todo caso conveniente que
a bordo del vehículo se encuentren presentes un idóneo cubre-alcantarilla, una adecuada cantidad de inerte (por ejemplo arena) para
contener y absorber eventuales pérdidas, una idónea herramienta de recolección (por ejemplo pala, o paleta antichipas), un dispositivo
de contención.
15. EXENCIÓN tOtAL - rESUMEN rEQUISItOS
(CAP. 3.2.1.)
Refiriéndose al DR §1.1.3.1 punto a) y punto c), al transporte de combustible en los embalajes Carrytank no se aplican las disposiciones
ADr.
15.1 REQUISITOS NO APLICABLES
– Acuerdo ADr
– El conductor puede no tener una licencia ADr.
– No deben exponerse los paneles naranjas de peligro delante y detrás del vehículo.
– Es posible la presencia a bordo de pasajeros, además de los miembros de tripulación, siempre admitidos .
– No son obligatorias las instrucciones de seguridad ADr
– No son obligatorios particulares equipos personales y vehiculares (en todo caso recomendados).
– La empresa no está obligada a nombrar un Consultor habilitado para la seguridad del transporte (Decreto Legislativo 35/2010).
15.2. OBLIGACIONES / PROHIBICIONES / CONSEJOS RESIDUALES
Permanecen en cada caso las siguientes obligaciones:
– Uso de contenedores idóneos
– No está permitido el abastecimiento para el eventual almacenamiento interno
– Están permitidos sólo los trayectos "directos" hacia o de vuelta del abastecimiento
– Efectuar el transporte en seguridad evitando dispersiones de producto
– Es necesario respetar el grado máx. de llenado de los embalajes (Véase cap. 12.2).
– Es necesario verificar que los embalajes no se encuentren dañados, especialmente en lo que se refiere a cierres y dispositivos de
estanqueidad.
– Los bultos deben mantenerse limpios de cualquier eventual residuo de mercancía peligrosa en su exterior.
– De ser garantizada a los bultos adecuada estabilidad contra cualquier posible impacto o movimiento en la plataforma de carga del
vehículo, garantizando la visibilidad de las etiquetas de peligro.
– Es necesario mantener el buen estado, y si es necesario sustituir, de las etiquetas de peligro adhesivas.
– Después de cada eventual derrame de mercancía peligrosa sobre la plataforma de carga, la misma debe ser cuidadosamente
limpiada.
– Se recomienda disponer de al menos n.1 extintor de polvos ABC min. 2 kg, apto para extinguir incluso el incendio del motor, fácilm-
ente accesible, sellado y sujeto a control
– semestral como se muestra en el cartel.
tenga en cuenta, sin embargo, que de acuerdo con las disposiciones nacionales vigentes, existe una prohibición de llevar a bordo de los camiones personas que
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no sean aquellos que no tienen una función directa y demostrable relacionada con la carga/descarga/transporte.
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MAN_CArrytANk_rev.0 del 05/2017