• Interrupción de viaje; cuando esté viajando o se loca
lice fuera de su ciudad de residencia o su área metro
politana y si su vehículo esté impedido para continuar
el viaje, y si la reparación no puede realizarse en el
mismo día por el Distribuidor más cercano, por lo que
el vehículo requerirá permanecer en el Distribuidor
por una noche ó más; en este caso, además de los
servicios antes mencionados, usted tiene derecho a
escoger una de las siguientes alternativas, para las
cuales el monto de cada una de ellas tiene un límite
de acuerdo a las políticas vigentes en el momento del
evento; al solicitar este servicio el Centro de Asistencia
en el Camino GM se los hará saber. En caso de que los
costos excedan los montos autorizados, usted deberá
cubrir la diferencia en el momento del evento:
– Hospedaje de cortesía. Asistencia en el Camino GM
coordinará el acomodo en un hotel para los pasa
jeros que viajan, hasta para el número de personas
de acuerdo a las especificaciones del vehículo hasta
por dos noches.
– Renta de vehículo de cortesía. Sujeto a disponibili
dad en la localidad del evento hasta por dos días; el
vehículo deberá ser retornado en el lugar de origen
de la renta por usted o la persona que usted designe.
En este servicio están excluidos los vehículos con
capacidad de carga mayor a 3.5 toneladas.
– Transportación de cortesía. Cuando decida continuar
el viaje al destino previsto o regresar a su lugar
de residencia, se coordinará el transporte para
el conductor y pasajeros hasta por el número de
personas de acuerdo a las especificaciones del
vehículo por medio de taxi, autobús de primera
clase o avión de línea comercial viaje sencillo, de
acuerdo a la disponibilidad en el lugar del evento
a elección de Asistencia en el Camino GM.
• Transportación de cortesía para recoger su vehículo.
Una vez que el Distribuidor le haya reportado que su
vehículo ha sido reparado, y si usted no se encuentra
en esa ciudad o población, a elección de Asistencia en
el Camino GM, le ofrecemos autobús ó avión de línea
comercial viaje sencillo, sujeto a disponibilidad para
la persona designada por usted para que recoja su
vehículo en el Distribuidor reparador.
Sección 7
7-7 . . .