2.3. SIMBOLOGÍAS ADOPTADAS
Instrucción importante cuyo incumplimiento determina la reducción de los niveles de seguridad prevista.
El símbolo es utilizado incluso como refuerzo para consejos o procedimientos cuyo incumplimiento podría
ocasionar daños al tanque o graves incumplimientos de carácter normativo.
Instrucción importante cuyo incumplimiento puede dar lugar a graves situaciones de peligro para el operador
y/o para las personas expuestas.
Peligro de muerte por explosión. La simbología es utilizada exclusivamente con finalidades disuasivas de
eventuales comportamientos de riesgo, en determinadas situaciones extraordinarias.
Prohibición importante cuyo incumplimiento puede dar lugar a graves situaciones de peligro para el operador
y/o para las personas expuestas.
Notas útiles relacionadas con las características técnicas de los CTK-HT y/o instrucciones para su mejor uso y/o
aclaraciones de EMILIANA SERBATOI Srl sobre aspectos de carácter técnico o contractual.
2.4. REFERENCIAS
Las referencias a las partes características del CTK o del HIPPOTANK
respondiente a la posición que el detalle ocupa en las fotografías descriptivas del Cap. 9.2 y en la leyenda correspondiente.
2.5. MANUALES COMPLEMENTARIOS
El presente manual puede no ser el único manual de referencia para el usuario del CTK o del HIPPOTANK
manual CE del Fabricante del grupo erogador, en caso de que el grupo erogador instalado sea de tipo diferente (de procedencia comer-
cial o fabricado por la misma EMILIANA SERBATOI Srl). Véase § 4.2 conformidad CE.
3. CUADRO LEGISLATIVO Y NORMATIVO APLICABLE
3.1. NORMATIVA DE REFERENCIA
Las normativas de referencia en base a las cuales los tanques CTK y HIPPOTANK
por el Acuerdo ADR (para el transporte por carretera), por el Acuerdo RID (para el transporte ferroviario) y por el Acuerdo ADN (para el
transporte por vías navegables interiores). En base a tales reglamentos los CTK y los HIPPOTANK
IBC, es decir Grandes embalajes para el transporte a granel/Intermediate Bulk Container y Código IMDG (transporte marítimo).
Las normativas están sujetas a revisión periódica
Es por lo tanto oportuno que, en el momento de cada revisión, el usuario se informe diligentemente sobre eventuales
modificaciones o actualizaciones de competencia por cuanto concierne las modalidades de empleo.
3.2. ACUERDO ADR - EXENCIONES
El anexo A, además de enumerar una serie de precisiones, indica las formas de exención relativas al transporte de mercancías peligro-
sas; gracias a tal régimen de exención se puede transportar una mercancía ADR en las cantidades y modalidades previstas en la
subsección 1.1.3.6 del acuerdo sin la obligación de utilizar chóferes habilitados y medios equipados con equipos y paneles. ADR. En
particular estas exenciones se refieren a:
-
exenciones relativas a la naturaleza de la operación de transporte;
-
exenciones relativas a las cantidades transportadas por unidad de transporte.
3.2.1. EXENCIONES RELATIVAS A LA NATURALEZA DE LA OPERACIÓN DE TRANSPORTE
(EXENCIÓN TOTAL REF. ADR §1.1.3.1)
En cuanto al transporte de combustible, las disposiciones del ADR no se aplican en los siguientes casos:
- Punto (a), transportes de mercancías peligrosas efectuadas por privados cuando estas mercancías están envasadas para la venta al por
menor y están destinadas para uso personal o doméstico o para actividades de recreación y deportivas siempre que se tomen medidas
necesarias para evitar cualquier perdida de contenido en condiciones normales de transporte. Cuando estas mercancías son líquidos
inflamables transportados en recipientes recargables llenados por, o para, un privado, la cantidad total no debe superar los 60 litros por
recipiente y 240 litros por unidad de transporte. Las mercancías peligrosas en los IBC, grandes embalajes o cisternas no son consideradas
como envasadas para la venta al por menor.
- Punto (c),transportes efectuados por empresas como complemento de su actividad principal, tales como el abastecimiento de obras
de construcción o de ingeniería civil, o para el trayecto de vuelta de estas obras, o para trabajos de control, reparación o mantenimiento,
en cantidades no superiores a los 450 litros por embalaje y en los límites de las cantidades máximas totales especificados en el capítulo
1.1.3.6. Deben adoptarse medidas para evitar cualquier pérdida del contenido en condiciones normales de transporte. Estas excepciones
no se aplican a la clase 7 (materiales radioactivos). Los transportes efectuados por tales empresas para su abastecimiento o la distribución
externa o interna no están incluidos en la presente exención.
MAN_CTK-HT_Rev.4 del 12.2023
generalmente son seguidas, entre paréntesis, por el número cor-
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han sido diseñados y aprobados están constituidas
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51
, puede ser combinado con el
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EMILIANA SERBATOI constituyen GIR/
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