Duración De La Cobertura De La Garantía - BRP STEEDSTER 200 Guia Del Usuario

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4) DURACIÓN DE LA COBERTURA DE LA GARANTÍA
La presente garantía tendrá efecto a partir de la fecha de entrega al primer con-
sumidor minorista o la fecha en que la Embarcación deportiva se ponga en fun-
cionamiento por vez primera, lo que suceda primero, durante un período de:
• DOCE (12) MESES CONSECUTIVOS para uso privado, recreativo, excepto la
cubierta y la estructura del casco de fibra de vidrio, cuya cobertura de garantía
es de SESENTA (60) MESES CONSECUTIVOS;
• CUATRO (4) MESES CONSECUTIVOS para uso comercial, excepto la cubierta
y la estructura del casco de fibra de vidrio, cuya cobertura de garantía es de
DOCE (12) MESES CONSECUTIVOS. Una Embarcación deportiva se utiliza de
forma comercial cuando se su uso guarda relación con la generación de ingre-
sos o con algún tipo de trabajo o empleo durante cualquier parte del período
de garantía. Una Embarcación deportiva se utiliza también de forma comercial
cuando, en algún momento del período de garantía, tiene distintivos comer-
ciales o licencia para su uso comercial.
Los componentes relacionados con las emisiones que se incluyen en la tabla si-
guiente, instalados en embarcaciones deportivas Sea-Doo
(véase la lista que aparece más adelante) y matriculados en EE.UU. tienen una co-
bertura de VEINTICUATRO (24) MESES CONSECUTIVOS O 200 HORAS DE USO
DEL MOTOR, si es antes. Si se llega a las 200 horas de uso del motor durante
el período normal de garantía, los componentes relacionados con las emisiones
seguirán estando cubiertos por la garantía estándar de BRP hasta que finalice el
período normal de garantía.
Las embarcaciones deportivas Sea-Doo
EPA están equipadas con lo siguiente:
– 4-TEC™ 1503: Motor(es) con aspiración normal
– 4-TEC™ 1503: Motores sobrealimentados con refrigeración intermedia (SCIC).
Componentes relacionados con el sistema de emisiones:
– TPS (sensor de posición del acelerador)
– ATS (sensor de temperatura del aire)
– APS (sensor de presión del aire)
En el caso de las embarcaciones deportivas producidas por BRP para la venta en
los estados de California o Nueva York que se vendan inicialmente a un residente
de esos estados, o posteriormente registradas con garantía para un residente
de esos estados, consulte también la declaración sobre la garantía de control de
emisiones de California o Nueva York, según corresponda.
La reparación o sustitución de piezas, o la realización de operaciones de servicio
técnico a la Embarcación deportiva durante el período de garantía no amplían la
duración de la garantía más allá e la fecha límite original.
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de 2008 que cuentan con la certificación
®
con certificación EPA
®
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