Duración De La Cobertura De La Garantía - Sea-doo 150 SPEEDSTER 2011 Guia Del Usuario

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– Daños ocasionados por la omisión de mantenimiento o almacenamiento ade-
cuados, según lo descrito en la Guía del usuario.
– Daños resultantes de la retirada de piezas, reparaciones incorrectas, operacio-
nes de servicio técnico o modificaciones indebidas, el uso de piezas no fabrica-
das ni aprobadas por BRP; o bien daños resultantes de reparaciones realizadas
por personas que no pertenezcan al servicio técnico autorizado de un distribui-
dor BRP.
– Daños causados por abuso, mal uso, uso anómalo, negligencia, competiciones,
manejo inapropiado o manejo de la embarcación deportiva que no se ajuste a las
recomendaciones de la Guía del usuario.
– Daños que se deriven de un daño externo, hundimiento, entrada de agua u ob-
jetos extraños, accidente, robo, vandalismo o cualquier catástrofe natural.
– Utilización de combustibles, aceites o lubricantes no adecuados para la embar-
cación deportiva (consulte la Guía del usuario).
– Daños por oxidación, corrosión o exposición a los elementos.
– Daños producidos por bloqueo de objetos extraños en el sistema de refrigera-
ción o las bombas de impulsión.
– Daños en el acabado incluyendo, sin ser exhaustiva la enumeración, defectos
cosméticos del acabado, burbujas, picado y agrietado, así como delaminación
de la fibra de vidrio causada por ampollas, agrietado, arañazos, cuarteado o
exposición a los elementos.
– Daños y perjuicios incidentales o indirectos, o daños de cualquier tipo, inclui-
dos, entre otros, costes de grúa, almacenamiento, teléfono, alquiler, taxi,
incomodidades, cobertura de seguro, pagos de préstamos, pérdida de tiempo,
pérdida de ingresos.
4) DURACIÓN DE LA COBERTURA DE LA GARANTÍA
La presente garantía tendrá efecto a partir de la fecha de entrega al primer consu-
midor minorista o la fecha en que la embarcación deportiva se ponga en funciona-
miento por vez primera, si es antes, durante un período de:
1. DOCE (12) MESES CONSECUTIVOS para uso privado, recreativo, excepto la
cubierta y la estructura del casco de fibra de vidrio, cuya cobertura de garantía
es de SESENTA (60) MESES CONSECUTIVOS.
2. CUATRO (4) MESES CONSECUTIVOS para uso comercial, excepto la cubierta
y la estructura del casco de fibra de vidrio, cuya cobertura de garantía es de
DOCE (12) MESES CONSECUTIVOS. Una embarcación deportiva se utiliza de
forma comercial cuando su uso guarda relación con la generación de ingresos
o con algún tipo de trabajo o empleo durante cualquier parte del período de
garantía. Una embarcación deportiva se utiliza también de forma comercial
cuando, en algún momento del período de garantía, tiene distintivos comercia-
les o licencia para su uso comercial.
3. Los componentes relacionados con las emisiones instalados en embarcacio-
nes deportivas con homologación EPA matriculadas en EE.UU. tienen una
cobertura de treinta (30) meses consecutivos o 175 horas de uso del motor,
si es antes. Si se llega a las 175 horas de uso del motor durante el período
normal de garantía, los componentes relacionados con las emisiones seguirán
estando cubiertos por la garantía estándar de BRP hasta que finalice el período
normal de garantía.
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