El uso de este radio fuera del país donde el
Nota:
mismo iba a ser distribuido estará sujeto a
normativas gubernamentales y podría estar
prohibido.
México y Panamá
México y la República de Panamá no necesitan
obtener autorización para utilizar las frecuencias de
los equipos de radio FRS.
Colombia
El uso de frecuencias de Operación itinerante de
baja potencia está sujeto a la resolución 002190 del
2003 de la CRC. No es necesario disponer de una
licencia para su uso en Colombia. Para obtener
más información, consulte a la CRC en
www.crcom.gov.co.
Brasil
El uso general de frecuencias está sujeto a la
resolución n.º 680 y a la ley n.º 14448, artículo 15:
Equipos de comunicación de radio de uso general. No
es necesario disponer de una licencia para su uso en
Brasil. Consulte el sitio de Anatel para obtener más
información: http://www.anatel.gov.br.
8
Perú
El uso de frecuencias de colectivo familiar está
sujeto a RVM del MTC 388-200-MTC/15.03 y FCC
(FRS), parte 95B. No es necesario disponer de una
licencia para su uso en Perú. Para obtener más
información, consulte con el MTC de Perú en
http://www.mtc.gob.pe.
Chile
Chile no requiere autorización para usar la
frecuencia UHF del Servicio de Banda Local.
Argentina
El uso de frecuencias de Uso Familiar está sujeto a
la resolución SC de CNC N.° 2750/98. No es
necesario disponer de una licencia para su uso
en Argentina. Consulte con la AFTIC en
http://www.aftic.gob.ar/ para obtener más
información.