Garantía Y Limitación De Responsabilidad - Ingersoll Rand 247PN5 Datos De Instalación Mantenimiento Y Servicio

Tabla de contenido
Idiomas disponibles

Idiomas disponibles

GARANTÍA Y LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD
GARANTÍA
Ingersoll Rand Company garantiza que los equipos que fabrica y distribuye conforme a este documento estarán
libres de defectos tanto en sus materiales como en su fabricación, durante un período de doce (12) meses desde
la fecha en que los Equipos se ponen en operación o de dieciocho (18) meses desde el momento del embarque,
lo que suceda primero. Este período de garantía se aplicará a todos los Equipos, salvo los siguientes:
 Para los compresores adquiridos con un kit de puesta en marcha que funcionan únicamente con el lubricante
sintético de Ingersoll Rand incluido, el compresor solo estará cubierto por una garantía de veinticuatro (24)
meses desde la fecha de puesta en funcionamiento inicial o de treinta (30) meses desde la fecha de envío.
 Los compresores adquiridos con un kit de garantía ampliada que funcionan únicamente con el lubricante
sintético de Ingersoll Rand incluido y que se instalan con las almohadillas y los tornillos incluidos, estarán
cubiertos por una garantía de veinticuatro (24) meses desde la fecha de puesta en funcionamiento inicial o
de treinta (30) meses desde la fecha de envío, y sus depósitos y compresores solos estarán cubiertos por
una garantía de sesenta (60) meses desde la fecha de puesta en funcionamiento inicial o sesenta y seis (66)
meses desde la fecha de envío.
 Los repuestos tendrán una garantía de seis (6) meses desde la fecha de embarque.
Si dentro de dicho período se informa por escrito a la Compañía de algún tipo de incumplimiento de las
condiciones de esta Garantía, la Compañía a su discreción corregirá dicho incumplimiento reparando el Equipo
en forma apropiada o proporcionará un reemplazo F.O.B. en el punto de embarque, siempre y cuando el
comprador haya instalado, mantenido y operado dicho Equipo en conformidad con prácticas industriales
correctas y haya cumplido con las recomendaciones específicas de la Compañía. Los accesorios o equipos
provistos por la Compañía pero fabricados por otros mantendrán todas las garantía traspasadas a Ingersoll Rand
Company por su fabricante y que puedan ser transferidas al Comprador. La Compañía no se hará responsable
de reparaciones, reemplazos o ajustes a los Equipos o de ningún tipo de costo por mano de obra en que incurra
el Comprador que no cuenten con la previa autorización por escrito de la Compañía.
La Compañía no otorga ningún tipo de garantía de buena ejecución, a menos que se estipule específicamente
dentro de sus propuestas, y esta Garantía excluye específicamente los efectos de la corrosión, erosión y el
desgaste normal. En aquellos casos donde expresamente se incluyan garantías de buena ejecución, la
obligación de la Compañía será efectuar correcciones en la manera y durante el plazo estipulado más arriba.
LA COMPAÑÍA NO HACE NINGÚN OTRO TIPO DE DECLARACIÓN, EXPRESA O IMPLÍCITA, SALVO
AQUELLA DE PROPIEDAD Y POR ESTE MEDIO SE DECLINAN TODAS LAS GARANTÍAS IMPLÍCITAS DE
COMERCIABILIDAD Y APTITUD PARA UN FIN EN PARTICULAR.
La corrección de los incumplimientos de la Compañía, sean patentes o latentes, en la forma y durante el plazo
estipulado más arriba, deberá constituir el cumplimiento de todas las responsabilidades de la Compañía y sus
Distribuidores, para aquellos incumplimientos respecto a o que surjan de dichos Equipos.
LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD
LOS RECURSOS DEL COMPRADOR ESTIPULADOS EN ESTE DOCUMENTO SON EXCLUSIVOS Y LA
RESPONSABILIDAD TOTAL DE LA COMPAÑÍA, SUS DISTRIBUIDORES Y PROVEEDORES, CON
RESPECTO AL CONTRATO O EQUIPOS Y SERVICIOS PROVISTOS, EN RELACIÓN CON LA EJECUCIÓN O
SU FALTA DE CUMPLIMIENTO O QUE SURJAN DE LA FABRICACIÓN, VENTA, ENTREGA, INSTALACIÓN,
REPARACIÓN O DIRECCIÓN TÉCNICA CUBIERTA O PROVISTA BAJO UN CONTRATO, YA SEA QUE SE
BASEN EN UN CONTRATO, GARANTÍA, NEGLIGENCIA, INDEMNIDAD, RESPONSABILIDAD LIMITADA U
OTRO, NO PODRÁN EXCEDER EL PRECIO DE COMPRA DE LA UNIDAD O EQUIPO EN LOS CUALES SE
BASA DICHA RESPONSABILIDAD.
CUALQUIER SUCESOR O BENEFICIARIO O CESIONARIO DEL CONTRATO, POR NINGÚN DAÑO
INDIRECTO, INCIDENTAL, ESPECIAL O PUNITORIO QUE SURJA DE ESTE CONTRATO O DE CUALQUIER
INCUMPLIMIENTO DE ÉL, O DE CUALQUIER DEFECTO, FALLA O MAL FUNCIONAMIENTO DEL EQUIPO,
YA SEA QUE SE BASE DICHO DAÑO O NO EN LA FALTA DE USO, LA PÉRDIDA DE INGRESOS O
TILIDADES, INTERESES, PÉRDIDA DE BUENA REPUTACIÓN, CESE DE TAREAS, DAÑO SOBRE OTROS
- 15 -
PL-MANW
Rev.B, Nov'20

Capítulos

Tabla de contenido

Solución de problemas

loading

Tabla de contenido