G. Condiciones generales de garantía
correspondiente factura o boleta. Si tal devolución se acordare transcurridos 30 días desde la fecha en que la venta quede
sin efecto, el consumidor sólo tendrá derecho a recuperar el precio neto del bien, excluidos los impuestos
correspondientes.
La garantía voluntaria deberá ejercerse dentro de los plazos 5, 4 o 1 año de vigencia señalados en la letra B anterior,
según corresponda.
Dónde: En el mismo local donde se efectuó la venta o en las oficinas o locales ubicados en _____________________. El costo del
traslado del producto hasta el o los locales de Infraplast, será de cargo del consumidor, salvo que se acuerde algo
diferente para el caso en específico.
Documentación: Para ejercer estas garantías, el propietario, cliente final o consumidor deberá acreditar la compra y el
pago del precio con la documentación respectiva.
Comunicación: El propietario, cliente final o consumidor deberá avisar por escrito a INFRAPLAST
de los eventuales
®
defectos del producto, accesorios, estructura, diseño y/o instalación, por correo electrónico o por teléfono y en todo caso
por correo certificado a la siguiente dirección:
INFRAPLAST S.A.
Casilla 35 – Sucursal El Cortijo
Camino El Taqueral s/n Parcela 20 Lote 1 A2 – Lampa - SANTIAGO
El correo certificado deberá contener:
• El nombre y RUT del propietario, cliente final o consumidor;
• El nombre y RUT de la persona o entidad a quien se facturó el producto;
• El nombre, RUT y dirección del local comercial donde se hubiere comprado el producto.
• Número y fecha de la correspondiente factura
• Fecha de despacho y entrega
• Breve descripción de los eventuales defectos del producto, accesorios, estructura, diseño y/o instalación; y
• Solicitud concreta que hace a nuestra empresa
Procedimiento: Recibida la comunicación enviada por correo certificado INFRAPLAST
®
se encargará de la evaluación
técnica de la situación para determinar la naturaleza y características de la falla o defecto.
D. Vigencia de la garantía voluntaria en caso de transferencia del producto.
Si el propietario, cliente final o consumidor transfiriera, vendiera o cediera el inmueble donde se encuentra instalado el
producto y éste, conforme al artículo 570 del Código Civil, pudiera ser considerado legalmente como inmueble, la garantía
voluntaria correspondiente solo aplicará si en el mismo contrato de compraventa, declaración o pacto que dé cuenta de
lo anteriorse deja constancia de la transferencia, con especificación del tipo de producto, su fecha de compra y de la
entrega al nuevo propietario del certificado de garantía del producto y de la guía/manual de instalación y uso del
producto.
E. Exclusiones aplicables a la garantia legal y a la garantia voluntaria
Se excluyen de la garantía legal y de la garantía voluntaria las siguientes situaciones:
1.- Todo daño, falla o desperfecto atribuible al propietario, cliente final o consumidor. Para estos efectos se entenderá que
el daño, falla o desperfecto es atribuible al propietario, cliente final o consumidor, si aquel ha sido ocasionado por alguno
Las específicaciones técnicas pueden variar a futuro, por la introducción de mejoras en los productos.
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