Ford Assistance
VI. JURISDICCION
Para todas las cuestiones de derecho
relativas a la relación contractual en-
tre el titular y/o los beneficiarios de los
servicios detallados en las presentes
Condiciones Generales y Ford Assis-
tance, queda pactada la aplicación de
la legislación argentina y la jurisdicción
de los tribunales ordinarios de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, República
Argentina, con excepción de cualquier
otro fuero o jurisdicción.
VII. PRESCRIPCION
Toda acción derivada de la relación que
se constituye entre el/los beneficiarios
y Ford Assistance prescribirá a los 180
(ciento ochenta) días, a contar de la
ocurrencia del hecho que la originara.
VIII. RESERVA
Ford Assistance se reserva el derecho de
exigir a los beneficiarios de las presentes
Condiciones Generales el reembolso
de cualquier gasto efectuado indebi-
damente, en caso de haberse prestado
servicios no contratados, y/o fuera del
período de vigencia de acuerdo a lo es-
tablecido, y/o en forma diferente a lo
estipulado en las presentes Condiciones
Generales.
Ford Assistance es un servicio brindado
por SOS S.A.
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