2. A la salida:
Por lo general será necesaria la instalación del Filtro de Salida, ya previsto, a no ser que la línea de salida quede
confinada dentro de un armario metálico común con las cargas, o que dicha línea esté cuidadosamente
apantallada. Si no se instala el filtro, deberá comprobarse:
Que la radiación se mantiene dentro de los límites exigidos por la normativa.
Que los aparatos alimentados por el ONDULADOR son inmunes a las emisiones del mismo.
3. A la entrada del Bypass (caso de existir este dispositivo):
Con líneas de impedancia elevada, puede ser necesaria la instalación del Filtro de Bypass. En el caso en que se
prescinda de este filtro, deberá comprobarse:
Que la radiación se mantiene dentro de los límites exigidos por la normativa.
Que los aparatos instalados en las inmediaciones del ONDULADOR, alimentados por dicha línea, son inmunes
a las emisiones del mismo.
Resumen:
Los filtros indicados como Filtro RF de Entrada DC, Filtro de Salida y Filtro de Bypass desarrollados para el
cumplimiento de la Directiva de C.E.M. 89/336/CEE y que permiten el marcado CE del producto.
Cuando en la instalación se prescinde de ellos, es responsabilidad del Proyectista, del Instalador o de ambos, el
substituirlos por disposiciones u otros componentes que hagan que el conjunto de la instalación cumpla con las
exigencias de la Directiva de C.E.M.
En las instalaciones en las que el ONDULADOR se alimenta con una línea de batería común a otros equipos con
inmunidad reducida a los armónicos, puede ser necesario instalar el Filtro de Armónicos de Entrada DC. Este filtro
atenúa apreciablemente el contenido de armónicos de corriente a la entrada, pero la eliminación efectiva de
fenómenos de intermodulación dependerá especialmente de las impedancias comunes de las líneas de alimentación
y de la suscebtibilidad de los equipos de audio.
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