Normativa de copia
E E s s t t a a d d o o s s U U n n i i d d o o s s
El Congreso prohíbe, por ley, la reproducción de los documentos indicados a continuación en de-
terminadas circunstancias. Quienes realicen reproducciones en esas circunstancias pueden recibir
sanciones económicas o encarcelamiento.
1. Obligaciones y valores del gobierno de Estados Unidos, tales como:
• Certificados de deuda.
• Moneda del Banco Nacional.
• Cupones de bonos.
• Billetes bancarios de la Reserva Federal.
• Certificados de plata.
• Certificados de oro.
• Bonos de los Estados Unidos.
• Bonos del tesoro.
• Billetes de la Reserva Federal.
• Billetes fraccionarios.
• Certificados de Depósito.
• Papel moneda.
• Bonos y Obligaciones de ciertos organismos del estado, tales como FHA, etc.
• Bonos. Los bonos de ahorro se pueden fotografiar solamente para fines públicos en rela-
ción con la campaña de venta de dichos bonos.
• Estampillas o timbres fiscales nacionales. Si es necesario reproducir un documento legal en
el que hay una estampilla fiscal cancelada, se puede reproducir siempre que la reproduc-
ción sea para fines legales.
• Sellos de correos, matados o sin matar. Para fines filatélicos, los sellos de correo se pueden
fotografiar, siempre que la reproducción sea en blanco y negro y de un tamaño de menos
del 75% o más del 150% de las dimensiones lineales del original.
• Giros postales.
• Pagarés, cheques o letras librados por funcionarios autorizados de los Estados Unidos.
• Sellos y otras representaciones de valor, de cualquier denominación, que se hayan emitido
o se emitan en virtud de alguna Ley del Congreso.
• Certificados de compensación ajustada de veteranos de las guerras mundiales.
2. Obligaciones o valores de cualquier gobierno, banco o corporación extranjero.
3. Material con derechos de autor, salvo que se haya obtenido permiso del propietario de los de-
rechos de autor, o la reproducción pueda considerarse dentro del "uso justo" o de las disposicio-
nes de derechos de reproducción de las bibliotecas en virtud de la ley de derechos de autor. Se
puede obtener más información sobre esas disposiciones en la Copyright Office, Library of
Congress, Washington, D.C. 20559. Pida la Circular R21.
4. Certificados de ciudadanía o naturalización. Los certificados de naturalización extranjeros se
pueden fotografiar.
5. Pasaportes. Los pasaportes extranjeros se pueden fotografiar.
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Información sobre regulaciones
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