Disposiciones de la FCC
Este dispositivo cumple con la sección 15 de las Reglas de la Comisión Federal de
Comunicaciones (FCC). La operación está sujeta a las dos siguientes condiciones:
(1) Éste dispositivo no puede causar problemas de interferencia perjudicial, y (2)
éste dispositivo puede aceptar cualquier interferencia recibida, incluyendo la
interferencia que pueda provocar un funcionamiento no deseado.
Este equipo ha sido probado y se encontró que cumple con los límites establecidos
para un dispositivo digital Clase B, conforme a la sección 15 de las Reglas de la
FCC. Estos límites han sido establecidos para ofrecer una protección razonable
contra la interferencia perjudicial en una instalación residencial. Este equipo
genera, utiliza y puede irradiar energía de radio frecuencia, y si no se instala y se
utiliza de acuerdo con sus instrucciones, puede causar interferencia perjudicial a
las comunicaciones por radio. Sin embargo, no se garantiza que no ocurrirá
interferencia en una instalación en particular. Si este equipo causa interferencia
perjudicial a la recepción de radio o televisión, la cual puede determinarse
encendiendo y apagando el equipo, se recomienda que el usuario intente corregir
dicha interferencia mediante una o más de las siguientes medidas:
• Reorientar o reubicar la antena de recepción.
• Aumentar la separación entre el equipo y el receptor.
• Conectar el equipo a un tomacorriente que sea parte de un circuito diferente
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