Comunidad De Madrid - Dräger ALCOTEST 7110 MK III Instrucciones De Uso

Etilómetro evidencial para medición de la concentración de etanol en el aire espirado.
Tabla de contenido
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Dirección General de Industria,
Energia y Minas
CONSEJERíA DE ECONOMíA
E INNOVACiÓNTECNOLÓGICA
Z 1 ENE 2005
I
Comunidad de Madrid
.
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RESOLUCiÓN de 16 de noviembre de 2004, de fa°1)~~~fajf~til~~L
DE
INDUSTRIA,ENERGíA Y MINAS,de la Conseje a de Eco~~nnov~ción
Tecnológica,
por la que se concede la primera pw.rroga_n
de
modelo del instrumento destinado a medir la concentracion de alcohol en el
aire espirado,
denominado
"etilómetro",
marca "Drager", modelo MK-III,
fabricado por la entidad "Dragerwerk, A.G." ubicada en Lubeck (Alemania),
solicitado por la empresa "Drager Safety Hispania, Sociedad Anónima", con
registro de control metrológico n° 16-1-072
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO: Se presenta solicitud de prórroga para la validez de la aprobación de
modelo para el instrumento destinado a medir la concentración de alcohol en el aire
espirado, marca "Drager", modelo MK-III, por parte de D. Julián Gómez Beleña en
nombre y representación de la Entidad "Drager Safety Hispania, S.A.", con domicilio
social en la CI Xaudaró, n° 5, 28034 - Madrid.
SEGUNDO: Adjunta a dicha solicitud se aporta la documentación que acredita que
dicho instrumento destinado a medir la concentración de alcohol en el aire espirado,
marca "Drager", modelo MK-III, fue aprobado por Resolución de 30 de diciembre de
1994, y se concedió un cambio de titularidad de derechos y obligaciones de la
aprobación de modelo por Resolución de 21 de octubre de 2002, ambas de la
Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Comunidad Autónoma de
Madrid.
TERCERO: Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, estima que en la
tramitación del expediente se han cumplimentado todos los trámites reglamentarios.
FUNDAMENTOS JURíDICOS
PRIMERO: Es competente esta Dirección General de Industria, Energía y Minas
de conformidad con la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de
Autonomía de la Comunidad de Madrid, reformado por Leyes Orgánicas 10/1994,
de 24 de marzo, y 5/1998, de 7 de julio y el Decreto 115/2004, de 29 de julio, que
establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Economía e Innovación
Tecnológica.
SEGUNDO: La Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología, el Real Decreto
1616/1985, de 11 de septiembre, por el que se establece el Control Metrológico que
realiza la Administración del Estado, así como la Orden de de 27 de julio de 1994,
por la que se establece el control metrologico del Estado para los instrumentos
destinados a medir la concentración de alcohol en el aire espirado, establecen los
requisitos reglamentarios para solicitar y obtener la aprobación de modelo, así como
para prorrogar dicha aprobación.
TERCERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 2° del Real Decreto
1616/1985, de 11 de septiembre, la aprobación de modelo podrá ser prorrogada por
periodos sucesivos, que no podrán exceder cada uno de diez años, previa petición
del titular de la misma.
Cardenal Marcelo Spinola, 14, edificio F4
28016 Madrid
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