11.
LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD. En función de las normativas locales y con independencia de los daños
en los que pueda incurrir, la totalidad de la responsabilidad de HP y de cualquiera de sus proveedores,
de acuerdo con las disposiciones de este CLUF, así como del recurso exclusivo para todo lo dispuesto
anteriormente, estará limitada a la cantidad máxima que haya abonado de forma independiente por el
Software o 5,00 USD. EN LA MEDIDA EN QUE LO PERMITA LA LEY APLICABLE, HP Y SUS PROVEEDORES
NO SERÁN RESPONSABLES EN NINGÚN CASO DE LOS DAÑOS ESPECIALES, INCIDENTALES, INDIRECTOS
NI CONSIGUIENTES (INCLUIDOS, ENTRE OTROS, LOS DAÑOS CAUSADOS POR LA PÉRDIDA DE BENEFICIOS
O DE DATOS CONFIDENCIALES Y CUALQUIER OTRA INFORMACIÓN, LA INTERRUPCIÓN DE LA ACTIVIDAD
EMPRESARIAL, LOS DAÑOS PERSONALES O LA PÉRDIDA DE PRIVACIDAD) DERIVADOS DEL USO O LA
INCAPACIDAD DE USO DEL SOFTWARE O RELACIONADOS CON CUALQUIER DISPOSICIÓN DE ESTE CLUF,
INCLUSO SI SE HA ADVERTIDO A HP O A CUALQUIER PROVEEDOR DE LA POSIBILIDAD DE TALES DAÑOS E
INCLUSO SI LA SOLUCIÓN NO CUMPLE CON SU FIN ESPECÍFICO. Algunos estados/jurisdicciones no permiten
la exclusión ni la limitación de los daños incidentales o consiguientes, por lo que es posible que la limitación
anterior no se aplique en su caso.
12.
CONSUMIDORES DEL GOBIERNO DE LOS EE. UU. El software informático comercial, la documentación de
software informático y los datos técnicos de los elementos comerciales cumplen las normativas FAR 12.211
y 12.212 y están autorizados para el Gobierno de los EE. UU. de acuerdo con la licencia comercial estándar
de HP.
13.
CUMPLIMIENTO DE LAS LEYES DE EXPORTACIÓN. Debe cumplir con todas las leyes y normativas de los
Estados Unidos y otros países (en lo sucesivo, "Leyes de exportación") para garantizar que el Software no (1)
se exporte, directa o indirectamente, de forma que viole las Leyes de exportación o (2) se utilice para un fin
no permitido por las Leyes de exportación como, por ejemplo, la proliferación de armas nucleares, químicas
o biológicas, entre otros.
14.
CAPACIDAD Y AUTORIDAD PARA CONTRATAR. Declara haber alcanzado la mayoría de edad legal en su estado
de residencia y, si procede, que dispone de la debida autorización de su empresa para formalizar este
contrato.
15.
LEGISLACIÓN APLICABLE. Este CLUF se rige por las leyes del estado de California (EE. UU.).
16.
CONTRATO COMPLETO. A menos que haya participado en un acuerdo de licencia independiente para el
Software, este CLUF (así como cualquier anexo o enmienda a este CLUF incluidos con el Producto de HP)
conforma la totalidad del contrato establecido entre el usuario y HP en relación con el Software y reemplaza
todas las comunicaciones orales o escritas anteriores o contemporáneas, propuestas y representaciones
relativas al Software o cualquier otra cuestión tratada en este CLUF. Si los términos de las políticas de HP o
de los programas de servicios de soporte entran en conflicto con los términos de este CLUF, prevalecerán los
términos del presente CLUF.
17.
DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES. Es posible que los consumidores de algunos países, estados o
territorios se beneficien de algunos derechos o compensaciones legales de la legislación del consumidor
en cuanto a los que la responsabilidad de HP no se puede excluir ni limitar de forma legal. Si ha adquirido
el Software como consumidor de conformidad con lo dispuesto en la legislación sobre consumo pertinente
de su país, estado o territorio, las disposiciones de este CLUF (incluidos los descargos de garantías y las
limitaciones y las exclusiones de responsabilidad) deben entenderse sin perjuicio de la ley aplicable y solo se
aplicarán en la medida en que lo permita la ley aplicable.
Consumidores de Australia: Si ha adquirido el Software como consumidor de conformidad con lo dispuesto
en la Ley australiana de protección del consumidor (Australian Consumer Law) de la Ley australiana de
competencia y del consumidor (Australian Competition and Consumer Act) (Cth) de 2010, con independencia
de cualquier disposición de este CLUF:
Contrato de licencia del usuario final
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