VTU-C
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VTU-C
El objetivo de esta cláusula no es especificar la arquitectura de la parte óptica de la red de acceso,
sino establecer requisitos específicos para las interfaces ópticas entre la ONU y la OLT.
Es preferible la utilización de interfaces normalizadas (interfaces STM-1/4, OC-3/12, G.983,
1 Gbit/s), puesto que así se pueden aprovechar las normas (con descripciones técnicas completas)
que resultan familiares a los operadores a la hora de abordar las cuestiones relativas a la instalación,
la implementación y la medida.
Puesto que no se requiere estrictamente la interoperabilidad entre la ONU y la OLT, si proceden de
distintos fabricantes, la utilización de interfaces privadas puede representar una oportunidad para
disminuir los costos. También es importante entender como estas interfaces privadas pueden
evolucionar hacia interfaces normalizadas.
En el caso de las interfaces ópticas privadas entre los puntos de referencia R/S y S/R de la
arquitectura FS-VDSL, los operadores consideran que es necesario establecer un conjunto mínimo
de requisitos a nivel físico medio, que las interfaces privadas deberán satisfacer.
Estos requisitos son:
•
arquitectura de red (punto a punto o punto a multipunto);
•
tipo de fibra;
•
velocidades binarias en sentido ascendente y descendente;
•
transmisión bidireccional (1 fibra WDM o 2 fibras);
•
longitud de onda operativa;
•
atenuación óptica mínima entre los puntos de referencia S/R y R/S;
•
tasa de división soportada (punto a multipunto);
•
conectores ópticos.
No se especifican requisitos para los siguientes aspectos:
•
longitud de onda de mantenimiento;
•
potencia emitida en los puntos S/R y R/S;
•
sensibilidad en los puntos S/R y R/S;
•
reflectancia del equipo en los puntos: S/R y R/S.
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Serie H – Suplemento 3 (05/2003)
Interfaces ópticas
ONU
R/S
OTU-R
Figura 9 – Interfaces ópticas entre la ONU y la OLT
S/R
OTU-C
OTU-C
OTU-C
ODN
OTU-C
OTU-C
OLT
H.Supp.3_F9