Can-Am OUTLANDER 400EFI Guia Del Usuario página 181

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BRP se reserva el derecho de modificar esta garantía en cualquier momento, en-
tendiéndose que tales modificaciones no alterarán las condiciones de garantía apli-
cables a los productos vendidos durante la vigencia de esta garantía.
3) EXCLUSIONES – LA GARANTÍA NO CUBRE
Los casos siguientes no quedan cubiertos por la garantía limitada bajo ninguna cir-
cunstancia:
– Desgaste y deterioro causado por el uso normal.
– Elementos de mantenimiento rutinario, optimizaciones, ajustes.
– Daños ocasionados por la negligencia o la omisión de suministrar mantenimien-
to o almacenamiento adecuados, según lo descrito en la Guía del usuario.
– Daños resultantes de la retirada de piezas, reparaciones incorrectas, operacio-
nes de servicio técnico, mantenimiento o modificaciones indebidas, el uso de
piezas o accesorios no fabricados ni aprobados por BRP que, según su criterio
razonable, sean incompatibles con el producto o repercutan negativamente en
sus operaciones, rendimiento y durabilidad; o bien daños resultantes de repara-
ciones realizadas por personas que no pertenezcan al servicio técnico autoriza-
do de un concesionario o distribuidor de ATV Can-Am.
– Daños causados por el abuso, uso indebido, negligencia, competiciones o utili-
zación del producto al margen de las recomendaciones de operación que figu-
ran en la Guía del usuario.
– Daños causados por accidentes, inmersión, fuego, entrada de agua o nieve, ro-
bo, vandalismo o eventos de fuerza mayor.
– El uso de combustibles, aceites o lubricantes no adecuados para el producto
(consulte la Guía del usuario).
– Daños por oxidación, corrosión o exposición a los elementos.
– Daños y perjuicios incidentales o indirectos, o daños de cualquier tipo, incluidos,
entre otros, costes de grúa, almacenamiento, gastos de transporte, teléfono, al-
quiler, taxi, incomodidades, cobertura de seguro, pagos de préstamos, pérdida
de tiempo, pérdida de ingresos o tiempo perdido por inactividad debido a traba-
jos de servicio técnico.
4) PERÍODO DE COBERTURA DE LA GARANTÍA
La presente garantía tendrá efecto a partir de (1) la fecha de entrega al primer con-
sumidor minorista o (2) la fecha en la que el producto sea puesto en funcionamien-
to por vez primera (lo que suceda primero) y durante un período de:
VEINTICUATRO (24) MESES CONSECUTIVOS para uso privado.
SEIS (6) MESES CONSECUTIVOS para uso comercial o alquiler.
El producto se utiliza de forma comercial cuando su uso guarda relación con algún
tipo de trabajo o empleo que genere ingresos, durante cualquier parte del período
de garantía. El producto se utiliza también de forma comercial cuando, en algún
momento del período de garantía, tiene licencia para un uso comercial.
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