Personal Cualificado; Uso Previsto; Exención De Responsabilidad - VEM KP Instrucciones De Montaje, Manejo Y Mantenimiento

Motores trifásicos asíncronos para baja tensión con rotor de jaula
Tabla de contenido
Instrucciones de montaje, manejo y mantenimiento (traduccíon)
1.General
Observar las indicaciones que figuran en este manual de instrucciones, a fin de evitar daños a los motores y
equipos accionados. En caso necesario se adjuntan instrucciones de seguridad que es preciso observar
escrupulosamente.
Por razones obvias, estas instrucciones no pueden contener todas las aplicaciones normales ni con exigencias
especiales posibles. Corresponde al usuario tomar, durante el montaje, las que considere necesarias.

1.2. Personal cualificado

Los trabajos de montaje, la puesta en marcha y el manejo de los motores sólo pueden ser efectuados por personal
especializado que debido a su formación, experiencia e instrucción posea conocimientos suficientes sobre las:
 Disposiciones de seguridad,
 Disposiciones para la prevención de accidentes,
 Directrices y reglas homologadas de la técnica
(p. ej. disposiciones VDE, normas).
El personal especializado debe analizar los trabajos transferidos, reconocer los posibles peligros y poder evitarlos.
La persona responsable de la seguridad de la instalación ha de autorizar la ejecución de las actividades y trabajos
necesarios.

1.3. Uso previsto:

Este motor sólo se puede utilizar para el fin previsto especificado por el fabricante en el catálogo y en la
documentación técnica correspondiente. La utilización diferente o de otras formas consta como no conforme a lo
prescrito. Esto incluye la observancia de los documentos pertinentes. No se permite realizar cambios ni
modificaciones en el motor. Los productos y componentes ajenos que se utilizan en combinación con el motor
deben estar recomendados o aprobados por el fabricante.
1.4. Exención de responsabilidad:
Tanto el cumplimiento de estas instrucciones como las condiciones y métodos de instalación, funcionamiento,
utilización y mantenimiento del motor eléctrico no pueden ser vigilados por el fabricante. Una realización incorrecta
de la instalación puede provocar daños materiales y causar lesiones personales consecuenciales. Por ello no nos
responsabilizamos de las pérdidas, de los daños o de los costes que resulten de una instalación defectuosa, un
funcionamiento, una utilización o un mantenimiento incorrectos o que estén relacionados de cualquier modo con
los mismos. Nos esforzamos en mejorar de forma continua nuestros productos. Por consiguiente nos reservamos
el derecho de realizar sin aviso previo modificaciones del producto, de los datos técnicos o de las instrucciones de
montaje, de manejo y de mantenimiento. Los modelos, los datos técnicos y las figuras sólo son vinculantes tras la
confirmación por escrito por parte de la fábrica proveedora.
1.5. Reglamento (CE) N.º 640/2009 sobre motores
Desde junio de 2011 está en vigor el Reglamento (CE) N.º 640/2009 de la Comisión Europea para motores
eléctricos. El presente Reglamento establece los requisitos de diseño ecológico para motores asíncronos trifásicos
de baja tensión con 2, 4 y 6 polos en el rango de potencia de 0,75 kW a 375 kW.
Cada requisito del diseño ecológico se aplicará de acuerdo con el siguiente calendario:
A partir del 16 de junio de 2011 los motores deberán alcanzar como mínimo el nivel de eficiencia IE2, tal
y como se define en el Anexo I Número 1 del Reglamento.
A partir de 1 de enero de 2015 los motores con una potencia nominal de salida de 7,5 a 375 kW deberán
o bien alcanzar el nivel de eficiencia IE3, definida en el Anexo I Número 1 del Reglamento, o corresponder
al nivel de eficiencia IE2 definido en el Anexo I Número 1 y estar equipados con un cuentarrevoluciones.
A partir de 1 de enero de 2017 todos los motores con una potencia nominal de salida de 0,75 a 375 kW
deberán o bien alcanzar el nivel de eficiencia IE3, definida en el Anexo I Número 1, o corresponder al nivel
de eficiencia IE2 definido en el Anexo I Número 1 y estar equipados con un cuentarrevoluciones.
El Reglamento permite al usuario utilizar o bien un motor IE3 (para revoluciones fijas o variables), o un motor IE2,
en combinación con un cuentarrevoluciones. El usuario será el responsable del cumplimiento de los
requisitos del Reglamento comunitario. El fabricante del motor deberá incluir las indicaciones
correspondientes en el producto.
Los ámbitos de aplicación y las exenciones detallados para los diseños especiales se pueden encontrar en el
Reglamento (CE) N.º 640/2009 y el Reglamento (CE) N.º 4/2014.
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