su naturaleza, deban permanecer en
vigencia tras la rescisión de esta licencia
permanecerán en vigencia.
8.2. Si usted inicia un reclamo por violación
de patente
(que excluya acciones de sentencias
declaratorias)
inicial o un colaborador (el desarrollador
inicial o colaborador contra quién usted
inicie dicha acción recibe el nombre de
"Participante") alegando que:
(a) la versión del colaborador de dicho
participante
indirectamente,
que cualquier y todos los derechos
otorgados por dicho participante a
usted, conforme las Secciones 2.1
y/o 2.2 de esta licencia se cancelarán
posiblemente en un plazo de 60 días
tras el aviso del Participante, a no ser
que en este plazo de 60 días tras la
recepción del aviso usted: (i) acepte por
escrito pagar al participante una regalía
aceptable
por el uso pasado y futuro de las
modificaciones realizadas por dicho
participante o (ii) retire el reclamo con
respecto a la versión del colaborador
contra dicho participante. Si en un
plazo de 60 días desde el aviso, no
se acuerda mutuamente una regalía
razonable y un pago por escrito entre
las partes o si no se retira el reclamo, los
derechos otorgados por el participante
a usted según las Secciones 2.1
y/o 2.2 quedan automáticamente
cancelados transcurrido el periodo de
60 días desde el aviso especificado
anteriormente.
(b) cualquier
dispositivo, que no sea la versión del
colaborador del participante, infringe
de forma directa o indirecta cualquier
patente, los derechos otorgados a
Usted por dicho participante conforme
las Secciones 2.1(b) y 2.2(b) se revocan
desde la fecha en la que usted realizó,
utilizó, distribuyó o mandó a hacer, las
modificaciones realizadas por dicho
participante.
8.3. Si usted impone un reclamo por
infracción
participante alegando que la versión
de colaborador de dicho participante
infringe
directa
cualquier patente en la que se resuelva
dicho reclamo (por licencia o acuerdo)
con anterioridad al inicio del litigio por
violación de patente, entonces el valor
razonable de las licencias otorgadas
por dicho Participante conforme a las
Secciones 2.1 o 2.2 deberá ser tomado
en cuenta al determinar el monto o
valor de cualquier pago o licencia.
8.4. En el caso de rescisión conforme lo
62
contra
el
desarrollador
infringe,
directa
alguna
patente,
acordada
mutuamente
software,
hardware
de
patente
contra
o
indirectamente
establecido en las Secciones 8.1 o
8.2 anteriores, todos los acuerdos de
licencia de usuario final (excluyendo a
los distribuidores y revendedores) que
hayan sido otorgados válidamente por
usted o cualquier distribuidor por la
presente con anterioridad a la rescisión,
permanecerán en vigor tras ésta.
9. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD.
BAJO
NINGUNA
NI CONFORME A NINGUNA TEORÍA
LEGAL, YA SEA AGRAVIO (INCLUYENDO
NEGLIGENCIA),
o
CUALQUIER OTRA, SERÁ USTED, EL
DESARROLLADOR INICIAL, CUALQUIER
OTRO COLABORADOR, O CUALQUIER
DISTRIBUIDOR DE CÓDIGO CUBIERTO,
O CUALQUIER PROVEEDOR DE LAS
PARTES SERÁ RESPONSABLE POR
DAÑOS
INCIDENTALES
CUALQUIER
SIN
RESTRICCIÓN,
PÉRDIDA DE BUENA REPUTACIÓN,
DETENCIÓN DEL TRABAJO, FALLA
O
MALFUNCIONAMIENTO
COMPUTADORA, O CUALESQUIERA
OTROS DAÑOS O PÉRDIDAS, INCLUSO
AUNQUE DICHA PARTE HAYA SIDO
INFORMADA DE LA POSIBILIDAD DE
DICHOS DAÑOS ESTA LIMITACIÓN DE
RESPONSABILIDAD NO SE APLICARÁ
A LA RESPONSABILIDAD POR MUERTE
Y DAÑO PERSONAL RESULTANTE DE
LA NEGLIGENCIA DE DICHA PARTE EN
LA MEDIDA QUE LA LEY APLICABLE
PROHÍBA DICHA LIMITACIÓN. ALGUNAS
JURISDICCIONES NO PERMITEN LA
EXCLUSIÓN O LIMITACIÓN DE LOS
DAÑOS INCIDENTALES O DERIVADOS,
DE MODO QUE ES POSIBLE QUE ESTA
o
EXCLUSIÓN Y LIMITACIÓN NO SE
APLIQUE A USTED.
10. USUARIOS FINALES DEL GOBIERNO
DE EE.UU.
El código cubierto es un "elemento
comercial", tal como está definido en
48 C.F.R. 2.101 (oct. 1995), que consta
de
"software
y de "documentación deL software
informático comercial", tal como se
utilizan estos términos en 48 C.F.R.
un
12.212 (sept. 1995). En cumplimiento de
la normativa 48 C.F.R. 12.212 y 48 C.F.R.
227.7202-1 a 227.7202-4 (junio 1995),
todos los usuarios finales del Gobierno
de EE.UU. adquieren código cubierto sólo
con los derechos establecidos en este
documento.
11. VARIOS.
La
licencia
completo relacionado con el tema de
este documento. Si alguna disposición de
esta licencia se considera imposible de
ejecutar, dicha disposición se reformará
CIRCUNSTANCIA
CONTRATO
INDIRECTOS
ESPECIALES,
O
DERIVADOS
TIPO
INCLUYENDO,
DAÑOS
informático
comercial"
representa
el
O
DE
POR
DE
LA
acuerdo