Puesta en funcionamiento, calibración y funcionamiento del quemador
6.3
Servomotor
El servomotor (Fig. 28) regula simultáneamente el registro del
aire mediante la leva de perfil variable y la válvula de mariposa
del gas.
El ángulo de rotación del servomotor es igual al ángulo del sector
graduado de la válvula de mariposa del gas.
El servomotor gira 90° en 24 s.
No modificar la regulación efectuada en fábrica de
las 4 levas con que va dotado; verificar simple-
mente que las levas estén reguladas del siguiente
ATENCIÓN
modo:
Leva I: 90°
Limita la rotación hacia el máximo. Con el quemador funcionan-
do a la MÁX potencia, la válvula de mariposa del gas debe estar
completamente abierta: 90°.
Leva II: 0°
Limita la rotación mínima.
Con el quemador apagado, el registro de aire y la válvula de ma-
riposa del gas deben estar cerrados: 0°.
6.4
Arranque del quemador
Cerrar los termostatos y poner el interruptor 1)(Fig. 29) en la po-
sición "MAN".
Tan pronto se ponga en marcha el quemador, controlar el sentido
de rotación de la turbina del ventilador a través del visor de llama
18)(Fig. 5 en la pág. 11).
Verificar que las lámparas o los testers conectados a las electro-
válvulas, o las luces piloto de las propias electroválvulas, indi-
quen ausencia de tensión.
Si señalan que hay tensión, parar inmediatamente el quemador
y comprobar el conexionado eléctrico.
6.5
Encendido del quemador
Después de haber efectuado las operaciones descritas en el
apartado anterior, el quemador debe de encenderse.
Si el motor arranca pero no aparece llama y la caja de control se
bloquea, rearmarla y efectuar un nuevo intento de arranque.
6.6
Regulación del quemador
Para lograr una regulación óptima del quemador, es necesario
efectuar un análisis de los gases de combustión en la base de la
caldera.
Hay que regular en secuencia:
–
Potencia de encendido (mínima)
–
Potencia MÁX
–
Potencias intermedias entre las dos.
–
Presostato aire
–
Presostato gas de máxima
–
Presostato gas de mínima
Leva III: 20°
Regula la posición de encendido y de la potencia MÍN.
Leva IV:
solidaria con la leva III.
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Si continúa sin encenderse, puede ser que el gas no llegue al ca-
bezal de combustión en el tiempo de seguridad de 3 segundos.
En tal caso, aumentar el caudal de gas en el encendido.
La llegada de gas al manguito puede observarse en el manóme-
tro (Fig. 27 en la pág. 22).
Una vez efectuado el encendido, se procederá a la regulación
completa del quemador.
6.6.1
Determinación de la potencia de encendido
(mínima)
Según norma EN 676.
Quemadores con potencia MÁX superior a 120 kW
El encendido debe efectuarse a una potencia reducida respecto a
la potencia máxima de funcionamiento.
Si la potencia de encendido no supera los 120 kW, no es necesa-
rio hacer ningún cálculo. En cambio, si la potencia de encendido
supera los 120 kW, la norma establece que su valor se
defina en función del tiempo de seguridad "ts" de la caja de control:
–
para "ts" = 2 s la potencia de encendido debe ser igual o in-
ferior a 1/2 de la potencia máxima de funcionamiento;
–
para "ts" = 3 s la potencia de encendido debe ser igual o in-
ferior a 1/3 de la potencia máxima de funcionamiento.
23
E
1
2
D790
Fig. 28
Fig. 29
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