Previo
6
Cableado
OBLIGACIÓN.
El montaje del instalador debe cumplir con la Directiva CEM 2014/30/UE.
El motor es un componente para incorporarlo en máquinas. Éstas deberán cumplir
la Directiva de Seguridad en Máquinas 2006/42/CE y no deberán ponerse en fun-
cionamiento hasta que no se cumpla dicha Directiva.
Llevar a cabo, con seguridad, la instalación del cableado de acuerdo con los dia-
0.
gramas de conexión. No considerar esta advertencia puede ocasionar un embala-
miento del motor y lesiones personales.
Verificar que la entrada de potencia está desactivada antes de realizar la instala-
ción.
Prever un circuito de protección para evitar que se conecte la máquina principal
cuando no esté en servicio el grupo motoventilador.
Llevar a cabo una adecuada puesta a tierra y un control de ruido eléctrico (interfe-
rencias).
Realizar la instalación con longitudes de cable lo más cortas posibles. Alejar los ca-
bles de potencia de los de señal. No llevar el cableado de potencia y el de señal por
la misma manguera o conducto. El ruido en cables de señal puede originar vibra-
ción o funcionamiento anómalo.
Utilizar los cables especificados por FAGOR. Si se dispone de otros cables, com-
pruébese la corriente nominal del equipo y considérese el entorno de trabajo de
operatividad para poder realizar una selección correcta del cableado.
16
FXM|FKM
SERVOMOTOR
Ref.2105
· 14 ·