4.3.6.1
Distancia mínima
8009939/ZA18/2019-11-14 | SICK
Sujeto a cambio sin previo aviso
Resumen
Para la protección de puntos de peligro debe mantenerse una distancia mínima entre
el campo de protección y el punto de peligro. Esta distancia mínima garantiza que no
se pueda llegar al punto de peligro hasta que no haya finalizado completamente el
estado con potencial de riesgo de la máquina.
Para la protección de puntos de peligro puede usar el escáner láser de seguridad con
una resolución de 30 mm o de 40 mm. En cada resolución puede seleccionar un
tiempo de respuesta de 60 ms o de 120 ms. Debido a la cercanía al punto de peligro,
por lo general solo es posible el tiempo de respuesta menor. A partir de la resolución y
del tiempo de respuesta se deducen el alcance máximo del campo de protección y la
distancia mínima al punto de peligro.
•
Si selecciona una resolución de 30 mm, el campo de protección configurable
aumenta su capacidad de detección (para puntos de detectar objetos más
pequeños), y podrá montar el escáner láser de seguridad más cerca del punto de
peligro.
•
Si selecciona una resolución de 40 mm, el campo de protección configurable dis‐
minuye su capacidad de detección (para puntos de detectar objetos de mayor
tamaño). Sin embargo, deberá montar el escáner láser de seguridad más alejado
del punto de peligro.
DISEÑO
I N S T R U C C I O N E S D E U S O | S3000
4
49