Informe de la Comisión Federal de Comunicaciones (CFC)
Este dispositivo cumple con las reglas de la Parte 15 de la CFC. La operación se somete a estas dos
condiciones:
•
Este dispositivo no debe causar interferencias perjudiciales, y
•
Este dispositivo debe aceptar toda interferencia recibida, incluida la que pueda causar una
operación indeseada.
Este equipo se ha probado y se ha garantizado que cumple con los límites de un dispositivo digital de
Clase B, siguiendo las reglas de la Parte 15 de la Comisión Federal de Comunicaciones (CFC). Estos
límites están diseñados para proporcionar una razonable protección contra interferencias perjudiciales
en una instalación residencial. Este equipo genera, emplea y puede emitir frecuencias de radio, y si no
se instala y utiliza de acuerdo con las instrucciones, puede causar interferencias perjudiciales para las
radiocomunicaciones. Sin embargo, no se garantiza que no se den interferencias en una instalación
determinada. Si este equipo causa interferencias en la recepción de radio y televisión, lo cual puede
determinarse conectando y desconectando el equipo, el usuario puede intentar corregirlo de varios
modos:
•
Reorientar or relocar la antena receptora.
•
Incrementar la distancia entre el equipo y el receptor.
•
Conectar el equipo a una salida de un circuito distinto al que está conectado el receptor.
•
Consultar al distribuidor o a un técnico en radio/TV.
ATENCIÓN
Se necesita un cable de corriente de tipo protegido para cumplir con los límites de emisión de
la CFC y para prevenir la interferencia a recepción de radio y televisión cercanos. Es esencial
que sólo se emplee el cable suministrado.
Utilice sólo cables protegidos para conectar dispositivos I/O a este equipo.
Avisamos que los cambios o modificaciones no aprobados por la parte responsable del
cumplimiento anulan la autoridad para operar con el equipo.
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