Declaración de la Comisión Federal de
Comunicaciones
Este dispositivo cumple con la Parte 15 de las Reglas de la FCC. La operación está
sujeta a las dos condiciones siguientes:
•
Que este dispositivo no cause interferencias dañina, y
•
Que este dispositivo acepte cualquier tipo de interferencia recibida,
incluyendo interferencias que puedan causar un funcionamiento
indeseado.
Este equipo ha sido puesto a prueba y encontrado en consonancia con los límites
establecidos para la clase B de dispositivos digitales, según la Parte 15 de las
reglas de la Comisión Federal de Comunicaciones (FCC). Estos límites han sido
diseñados para proveer una protección razonable contra interferencia dañina
en una instalación residencial. Este equipo genera, usa, y puede irradiar energía
de radio frecuencia, y si no está instalado según las instrucciones, puede causar
interferencia en las radio comunicaciones. Sin embargo, no hay garantía de que
no ocurrirán interferencias en una instalación en particular. Si este equipo en
efecto causa interferencias en la recepción de radio o televisión, lo que puede ser
determinado encendiendo y apagando el equipo, se recomienda al usuario que
intente corregir la interferencia con una o varias de las siguientes medidas:
•
Reorientar o reposicionar la antena receptora.
•
Aumentar la separación entre el equipo y el receptor.
•
Conectar el equipo a un enchufe o circuito distinto del que usa el receptor
de la interferencia.
•
Consultar con su punto de venta o a un técnico experimentado en radio/
TV.
¡ADVERTENCIA! En orden a cumplir con los límites de emisión establecidos por la FCC
se requiere el uso de cables especialmente recubiertos para prevenir la interferencia
con la recepción de radio y televisión. Es esencial que se use sólo el cable que es
suministrado con el equipo. Use solamente cables especialmente recubiertos para
conectar a este equipo dispositivos I/O. Usted queda advertido que los cambios o
modificaciones que no estén expresamente aprobados por la parte responsable
puede anular sus derechos a operar con el equipo.
(Reimpreso desde Código de Regulaciones Federales #47, parte 15.193, 1993.
Washington DC: Oficina de Registro Federal, Administración Nacional de Archivos,
Oficina de Imprenta del Gobierno de los Estados Unidos).
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Manual online del equipo portátil