A-4
Información suplementaria del variador
Categoría
Especificación
Control
Control de frecuencia - regulación de
(continuación)
velocidad
Control de velocidad - regulación de
velocidad
Regulación de par:
Control seleccionable del motor:
Modos de paro:
Acel./decel.:
Sobrecarga intermitente:
Capacidad de limitación de corriente:
Protección electrónica contra sobrecarga
del motor:
con compensación de deslizamiento (modo V/Hz)
0.5% de velocidad base en toda la gama de
velocidades de 40:1.
Rango de funcionamiento 40:1
Ancho de banda de 10 rad/seg
con compensación de deslizamiento (modo vectorial
sin sensor)
0.5% de velocidad base en toda la gama de
velocidades de 80:1.
Rango de funcionamiento 80:1
Ancho de banda de 20 rad/seg
con retroalimentación (modo vectorial sin
sensor)
E C
0.1% de velocidad base en toda la gama de
velocidades de 80:1.
Rango de funcionamiento 80:1
Ancho de banda de 20 rad/seg
sin retroalimentación (modo de control
vectorial)
E C
0.1% de velocidad base en toda la gama de
velocidades de 120:1.
Rango de funcionamiento 120:1
Ancho de banda de 30 rad/seg
con retroalimentación (modo de control
vectorial)
E C
0.001% de velocidad base en toda la gama de
velocidades de 120:1.
Rango de funcionamiento 1000:1
Ancho de banda de 125 rad/seg
sin retroalimentación +/-10%
con retroalimentación +/-5%
Vectorial sin sensor con ajuste completo. V/Hz
estándar con plena capacidad de personalización y
control vectorial.
Diversos modos de paro programables, incluidos:
rampa, paro por inercia, freno de CC, rampa a
retención, y curva en S.
Dos tiempos de aceleración y desacelaración
programables independientemente. Se puede
programar cada vez de 0-3600 segundos en
incrementos de 0.1 seg.
Capacidad de sobrecarga del 110% por 1 minuto
como máximo
Capacidad de sobrecarga del 150% por 3 segundos
como máximo
Límite de corriente proactivo, programable del 20 al
160% de la corriente nominal de salida. Ganancia
integral y proporcional programables
independientemente.
Protección Clase 10 con respuesta sensible a la
velocidad. Investigado por U.L. para comprobar
conformidad con la norma N.E.C. Artículo 430.
U.L. Archivo E59272, volumen 12.
E C
E C