Instrucciones de montaje RH..C y ER..C
3.1.1 Campo de aplicación
Los ventiladores cumplen con los requisitos del grupo de equipos II según la directiva
2014/34/UE y, por consiguiente, no son aptos para aplicaciones del grupo de equipos I
(minería subterránea o explotaciones mineras, refrigeración/ventilación de máquinas
eléctricas rotativas y motores de combustión interna) y no deben emplearse en estos
ámbitos. El grupo de equipos se indica en la placa indicadora de potencia del ventilador
respectivo.
3.1.2 Zona de protección contra explosiones
Los ventiladores empotrados ER..C con ruedas del ventilador RH..C sólo están concebi-
dos para transportar aire o atmósferas explosivas de la zona 1, categoría 2G (EPL Gb) y
de la zona 2, categoría 3G (EPL Gc). El transporte de sólidos o de fracciones sólidas o
polvo/mezclas de aire no es admisible.
3.1.3 Categoría de aparato
Los ventiladores de las categorías 2G y 3G son aptos únicamente para el uso en
atmósferas explosivas o para el transporte de atmósferas explosivas de los grupos de
explosión IIA y IIB según EN 60079-20. ¡Los ventiladores no deben ser empleados en
ningún caso en otras atmósferas explosivas del grupo IIC ni ser operados en otras
atmósferas del grupo IIC!
El grupo de explosiones de gas se indica en la placa indicadora de potencia del
ventilador respectivo.
3.1.4 Clase de temperatura
Los ventiladores empotrados ER..C de las categorías 2G y 3G no deben ser operados
en ambientes inflamables o con peligro de explosión por presencia de gases, cuya
temperatura de ignición es menor que la temperatura máxima de la superficie del
ventilador correspondiente.
La temperatura máxima de la superficie está determinada por la clase de temperatura
(T4) indicada en la placa indicadora de potencia. El fabricante o explotador de la
instalación debe asegurarse de que la temperatura de la superficie máxima admisible y
las temperaturas de los equipos montados no sobrepasen la clase de temperatura T4
del ventilador y que la temperatura del aire ambiental no exceda el 60 % de la tempera-
tura de ignición máxima admisible debido al flujo de volumen alrededor del motor. Los
motores empleados disponen de la clase de temperatura T4. Por tanto, la temperatura
máxima de la superficie de los motores no podrá ser superior a T4 - 5 K = 130 °C. Los
motores constituyen la fuente de calor más fuerte durante el funcionamiento normal y
están equipados con una resistencia que reacciona a 100 °C (T4).
L-BAL-F019-E 2021/12 Index 003
Nro. de art. 00282064-E
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Descripción del producto