nado vuelva a funcionar y el Software deberá
borrarse del dispositivo.
4.4. El Concesionario deberá mantener durante el
período que dure este Contrato y hasta dos años
después de su finalización, registros precisos rela-
cionados con este permiso de licencia que permi-
tan verificar su conformidad con el Contrato. Tait,
o cualquier tercero nominado por Tait, podrá exa-
minar las instalaciones del Concesionario, sus
libros y registros, tras dar una notificación razona-
ble al Concesionario, durante el horario normal de
trabajo y sujeto a las normativas de seguridad y de
las instalaciones del Concesionario. Tait se respon-
sabiliza de pagar todos los gastos y costos que aca-
rree la inspección, siempre que el Concesionario
indemnifique a Tait por todos los costos (inclu-
yendo los de la auditoría y los derechos del abo-
gado) cuando el Concesionario no haya cumplido
con los términos de este Contrato. Cualquier
información obtenida por Tait durante el curso de
la inspección se mantendrá estrictamente confi-
dencial y será utilizada únicamente con fines de
verificar el cumplimiento del Concesionario con los
términos de este Contrato.
Sección 5 PROPIEDAD Y TITULARIDAD
Tait, los otorgantes de la licencia y los proveedores
de Tait, retienen todos los derechos de Propiedad
Intelectual y del Software y la Documentación, en
cualquier medio. No se concede ningún derecho
al Concesionario bajo este Contrato por implica-
ción, impedimento legal u otros, a excepción de
los derechos expresamente concedidos al Conce-
sionario en este Contrato. Toda la Propiedad Inte-
lectual desarrollada, originada, o preparada por
Tait en conexión con la provisión del Software, los
Productos designados, la Documentación, o los
servicios relacionados, recae exclusivamente en
Tait, y el Concesionario no tendrá ningún derecho
a compartir el desarrollo ni los derechos de propie-
dad.
Sección 6 GARANTÍA LIMITADA;
ABSOLUCIÓN DE RESPONSABILIDADES
6.1. La fecha de inicio y el periodo que dura la
garantía del Software es de un (1) año a partir del
momento en que Tait embarca el Software. Si el
Concesionario ha cumplido con todas las obliga-
ciones de este Contrato, Tait garantiza que el Soft-
ware no modificado, cuando sea usado correcta-
mente y de conformidad con la Documentación y
con este Contrato, estará libre de defectos repro-
ducibles que eliminen la funcionalidad u opera-
ción correcta de una característica crítica al funcio-
namiento u operación correcta del Software. Tait
será el único responsable de determinar si ha ocu-
70
rrido algún defecto. Tait no garantiza que el uso
que el Concesionario haga del Software o de los
Productos designados sea continuo, esté libre de
errores, o totalmente libre de vulnerabilidades de
seguridad, o que el Software o los Productos
designados cumplan con los requisitos particulares
del Concesionario. Tait no representa ni garantiza
nada respecto del software de terceros que esté
incluido en el Software.
6.2. La única obligación de Tait para con el Conce-
sionario, y la solución exclusiva que el Concesiona-
rio tiene bajo esta garantía, es hacer lo posible por
remediar cualquier defecto material del Software
que esté cubierto por la garantía. Estos esfuerzos
consistirán en reemplazar los medios o intentar
corregir los errores significativos y demostrables
existentes en el programa o en la documentación
o en las vulnerabilidades de seguridad. Si Tait no
logra corregir el defecto dentro de un periodo
razonable, entonces Tait podrá optar por reempla-
zar el Software defectuoso con Software equiva-
lente que funcione, conceder al Concesionario
licencia para aplicaciones de Software sustitutas
que consigan el mismo objetivo, o cancelar la
licencia y reembolsar el importe que pagara el
Concesionario por ella. Si tras el debido examen
realizado por Tait, Tait deduce que el defecto per-
cibido no es tal y no existe, Tait podrá recuperar los
costos incurridos en tal investigación, los cuales
deberán ser cubiertos por el Concesionario.
6.3. Tait no se responsabiliza de ninguna garantía
del Software o de la Documentación a excepción
de las garantías expresas estipuladas en esta Sec-
ción 6. Las garantías de la Sección 6 sustituyen a
todas las demás ya sean expresas o implícitas, ora-
les o escritas, e incluyen pero no se limitan a todas
y a cualquiera de las garantías implícitas de condi-
ción, título, comercialización y ajuste para un pro-
pósito o uso particular del Concesionario (ya sea
conocido por Tait, Tait tenga razones para saberlo,
se lo hayan notificado, o esté al corriente por
alguna otra vía de tal fin o uso), y ya surga por
razones legales, costumbres o uso comercial o
durante el transcurso del trato comercial. Asi-
mismo, Tait no tiene obligación de que la garantía
cubra a ninguna persona distinta del Concesiona-
rio con respecto al Software o a la Documenta-
ción.
Sección 7 TRANSFERENCIAS
7.1. El Concesionario no transferirá el Software ni
la Documentación a terceros sin el consentimiento
previo por escrito de Tait. Tait puede negar tal con-
sentimiento o concederlo a discreción propia bajo
la condición de que el Concesionario pague los