GARANTÍ A LIMITADA
6 1
P R O C ED IM IENT O P A R A R ESO LV ER C O NF LIC T O S:
TODOS LOS CONFLICTOS ENTRE USTED Y LG QUE SURJAN FUERA DE O RELACIONADOS DE ALGUNA MANERA CON ESTA
GARANTÍ A LIMITADA O CON EL PRODUCTO, SE RESOLVERÁ N EXCLUSIVAMENTE A TRAVÉ S DE UN ARBITRAJE VINCULANTE
Y NO EN UNA CORTE DE JURISDICCIÓ N GENERAL. ARBITRAJE VINCULANTE SIGNIFICA QUE USTED Y LG RENUNCIAN AL
DERECHO DE UN JUICIO CON JURADO Y A REALIZAR O PARTICIPAR EN UNA DEMANDA COLECTIVA.
D e f i n i c i o n e s . Para el propó sito de esta secció n, las referencias a "LG" significan: LG Electronics U.S.A., Inc., sus empresas matrices,
subsidiarias y filiales y cada uno de sus directivos, directores, empleados, agentes, beneficiarios, predecesores en interé s, sucesores,
cesionarios y proveedores; las referencias a "conflicto" o "reclamació n" incluirá n cualquier conflicto, reclamo o controversia de cualquier tipo,
sin importar (ya sea basado en contrato, agravio, estatuto, regulació n, ordenanza, fraude, falsa representació n o cualquier teorí a legal o
equitativa) que surja de o esté relacionada con cualquier forma de venta, condició n o desempeñ o del producto o de esta Garantí a Limitada.
A v i s o d e d i s p u t a . En caso de que usted desee iniciar un procedimiento de arbitraje, primero debe notificar a LG por escrito al menos 30
dí as antes de iniciar el arbitraje enviando una carta a LG a LG Electronics, USA, Inc. Atenció n: Legal Department- Arbitration 111 Sylvan
Avenue, Englewood Cliffs, NJ 07632. Usted y LG aceptan participar en discusiones de buena fe en un intento de resolver su reclamo de
manera amistosa. En la carta debe proporcionar su nombre, direcció n y nú mero de telé fono; identificar el producto que es objeto de la
reclamació n; y describir la naturaleza del reclamo y el remedio que busca. Si usted y LG no pueden resolver la disputa dentro de 30 dí as,
cualquiera de las partes pueden proceder a presentar una demanda de arbitraje.
A c u e r d o d e a r b i t r a j e v i n c u l a n t e y r e n u n c i a d e d e m a n d a c o l e c t i v a . En caso de no resolver la disputa durante el perí odo de 30 dí as
despué s de enviar una notificació n por escrito a LG, Usted y LG se comprometen a resolver cualquier reclamo entre nosotros, solamente a
travé s de arbitraje vinculante sobre una base individual, a menos que usted se excluya, conforme a lo dispuesto a continuació n. Cualquier
conflicto entre usted y LG no estará n combinados o consolidados con una controversia relacionada con cualquier otro producto o reclamo
de otra persona o entidad. Má s especí ficamente y sin prejuicio de lo anterior, no procederá bajo ninguna circunstancia cualquier disputa
entre usted y LG como parte de una acció n colectiva o representativa. En lugar del arbitraje, cualquiera de las partes podrá iniciar una
acció n individual en la corte de reclamos menores, pero tales acciones en la corte de reclamos menores no podrá n ser realizadas en una
acció n colectiva o representativa.
No r m a s y p r o c e d i m i e n t o s d e a r b i t r a j e . Para comenzar con el arbitraje de un reclamo, usted o LG deben realizar una demanda escrita
para arbitraje. El arbitraje será administrado por la Asociació n Americana de Arbitraje (AAA) y se llevará a cabo ante un á rbitro ú nico bajo
las Normas de Arbitraje del Consumidor de la AAA, que tienen efecto al momento de inicio del arbitraje (en adelante "Normas de la AAA") y
bajo los procedimientos establecidos en esta secció n. Las Normas de la AAA está n disponibles en lí nea en www.adr.org/consumer. Enví e
una copia de su solicitud de arbitraje por escrito, así como una copia de esta disposició n, a la AAA de la forma descrita en las Normas de la
AAA. Tambié n debe enviar una copia de su solicitud por escrito a LG en LG Electronics, USA, Inc. Atenció n: Legal Department- Arbitration
111 Sylvan Avenue, Englewood Cliffs, NJ 07632. Si hay un conflicto entre las Normas de la AAA y las reglas establecidas en esta secció n,
prevalecerá n dichas reglas de esta secció n. Esta disposició n de arbitraje se rige por la Ley Federal de Arbitraje. El juicio se pueden
introducir en el laudo arbitral en cualquier tribunal de jurisdicció n competente. Todos son temas para que el á rbitro tome sus decisiones,
excepto aquellos asuntos relativos al alcance y aplicabilidad de la clá usula de arbitraje y de la capacidad de arbitraje de la controversia para
que el tribunal decida. El á rbitro se regirá por los té rminos de esta disposició n.
Le g i s l a c i ó n v i g e n t e . La legislació n del estado de su residencia regirá esta Garantí a Limitada, así como todas las disputas entre nosotros,
salvo que sea invalidada o inconsistente con leyes federales aplicables.
T a r i f a s / C o s t o s . Usted no debe pagar ninguna tarifa para comenzar un arbitraje. Al recibir su solicitud de arbitraje por escrito, LG pagará
todos los gastos administrativos rá pidamente a la AAA, a menos que usted solicite má s de $25,000.00 por dañ os, en cuyo caso el pago de
estos gastos se regirá por las Normas de la AAA. Salvo disposició n contraria prevista en el presente documento, LG pagará a la AAA todos
los gastos documentales, administrativos y de arbitraje para cualquier arbitraje iniciado, de conformidad con las Normas de la AAA y esta
disposició n de arbitraje. Si usted prevalece en el arbitraje, LG pagará los honorarios y gastos de sus abogados, siempre y cuando sean
razonables, considerando factores que incluyen, entre otros, el monto de la compra y el monto del reclamo. No obstante lo anterior, si la ley
aplicable permite una adjudicació n de honorarios y gastos razonables de abogados, un á rbitro pueden otorgarlos en la misma medida que lo
harí a un tribunal. Si el á rbitro considera que la sustancia de su reclamo o la reparació n solicitada en la demanda es frí vola o se utiliza para
un propó sito inadecuado (calificado segú n las normas establecidas en la Norma Federal de Procedimiento Civil 11 (b)), el pago de todos
los honorarios de arbitraje se regirá por las Normas de la AAA. En tal situació n usted se compromete a reembolsar a LG todos los fondos
erogados previamente por ella, cuyo pago es, por otra parte, su obligació n, segú n las Normas de la AAA. Salvo disposició n contraria, LG
renuncia a cualquier derecho que pudiera tener para solicitarle los honorarios y gastos de sus abogados, si LG prevalece en el arbitraje.
A u d i e n c i a s y u b i c a c i ó n . Si su reclamo es por $25,000 o menos, usted pueden optar que el arbitraje sea realizado ú nicamente sobre
la base de: (1) documentos presentados al á rbitro, (2) a travé s de una audiencia telefó nica o (3) por una audiencia en persona, segú n lo
establecido por las Normas de la AAA. Si su reclamo excede $25,000, el derecho a una audiencia estará determinado por las Normas de la
AAA. Cualquier audiencia de arbitraje en persona se realizará en un lugar dentro del distrito judicial federal en el cual resida, a menos que
ambos acuerden otra ubicació n o estemos de acuerdo con el arbitraje telefó nico.
Ex c l u s i ó n . Usted pueden quedarse fuera de este procedimiento de resolució n de la disputa. Si se excluye, ni usted ni LG pueden solicitar
al otro que participe en un procedimiento de arbitraje. Para excluirse usted debe enviar una notificació n a LG, en un lapso de hasta 30 dí as
continuos, contados a partir de la fecha de la primera compra del consumidor del producto, ya sea por: (i) el enví o de un correo electró nico
a
[email protected] con el siguiente Asunto: "Exclusió n del arbitraje" o (ii) llamada al 1-800-980-2973. Debe incluir en el correo electró nico de
exclusió n o suministrar por telé fono: (a) su nombre y direcció n; (b) la fecha en la cual el producto fue comprado; (c) el nombre o el nú mero
del modelo del producto; y (d) el nú mero del serial (el nú mero del serial pueden ser hallado (i) en el producto, o (ii) en la direcció n de https://
www.lg.com/us/support/repair-service/schedule-repair-continued al hacer clic en "Find My Model & Serial Number").
Só lo pueden excluirse del procedimiento de resolució n de conflictos en la forma descrita anteriormente (es decir, por correo electró nico o
por telé fono); ninguna otra forma de notificació n será efectiva para hacerlo. Excluirse de este procedimiento de resolució n de controversias
no afectará de ninguna manera la cobertura de la Garantí a Limitada, por lo que usted continuará disfrutando de todos sus beneficios. Si
conserva este producto y no se excluye, usted acepta todos los té rminos y condiciones de la clá usula de arbitraje descrita anteriormente.