Requisitos de instalación de UL
Nota: Para equipo utilizado en instalaciones protegidas y previsto para establecer comunicaciones por IP
(hubs, routers, NIDs, Digital Subscriber Line [DSL], módems por cable), es obligatorio contar con
alimentación de respaldo las 24 horas. Cuando esto no sea posible, es obligatorio contar con un canal de
comunicación secundario (respaldo). El medio de comunicación entre la propiedad protegida y el proveedor de
servicios de comunicación deberá ser de uso exclusivo para la propiedad protegida, y no se debe compartir con
otros suscriptores de proveedor de servicios de comunicación; la pérdida de comunicación con la estación de
supervisión deberá ser tratada como una condición de alarma por el personal de la estación de supervisión
cuando el sistema alarma antirrobo esté en estado activado, y como una condición de problema cuando el
sistema esté en estado desactivado.
La programación del DNS (Domain Name Service) no está permitido para sistemas listados por
UL1610, UL2610 y ULC-S304.
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