CAP. 8 - DESARMADO
8.1 - PUESTA FUERA SERVICIO
Si por cualquier motivo se decide poner fuera de uso la máquina, asegurarse
que sea inutilizable para cualquier persona :quitar y cortar las conexiones
eléctricas.
8.2 - RESIDUOS DE APARATOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS
Según el art.13 del Decreto legislativo 25 julio de 2005, n.151 "Actuación de las
Directivas 2002/95/CE, 2002/96/CE y 2003/108/CE, relativas a la reducción del uso
de sustancias peligrosas en los aparatos eléctricos y electrónicos, y la gestión de
sus residuos".
El símbolo del contenedor de basura tachado presente en el aparato o en el paquete,
indica que el producto al final de su vida útil, debe ser gestionado de modo diferenciado
de los otros residuos.
La recogida diferenciada de este aparato al final de su vida útil está organizada y
gestionada por el productor.
El usuario que desee deshacerse del aparato debe entonces contactar al productor y
seguir el sistema que éste ha adoptado para la recogida diferenciada del aparato al final
de u vida útil.
La adecuada recogida diferenciada para reactivar sucesivamente el aparato en desuso,
para el reciclaje, el tratamiento y la eliminación ambientalmente compatible, contribuye a
evitar posibles efectos negativos para el ambiente y para la salud y favorece la
reutilización o reciclaje de los materiales que componen el aparato.
La eliminación abusiva del producto por parte del poseedor, comporta la aplicación de
sanciones administrativas previstas por la norma vigente.
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