mandato judicial y la reposesión inmediata de todo el
Software no incorporado y la Documentación aso-
ciada. El Concesionario deberá pagar a Tait todos los
costos de indemnización incurridos en el cumpli-
miento forzoso de los términos de este Contrato.
Sección 9 CONFIDENCIALIDAD
El Concesionario reconoce que el Software y la
Documentación contienen información propietaria
y confidencial valiosa para Tait y que son secretos
comerciales de Tait, por lo que el Concesionario se
compromete a respetar la confidencialidad de la
información contenida en el Software y la Docu-
mentación.
Sección 10 LIMITACIÓN DE
RESPONSABILIDAD
10.1. Bajo ninguna circunstancia Tait será responsa-
ble frente al Concesionario o ante cualquier otra per-
sona -ya sea extracontractualmente (incluyendo la
negligencia), en un contrato (excepto lo expresa-
mente estipulado en este Contrato), en equidad, bajo
cualquier estatuto o por ley- por las pérdidas o la
indemnización por daños y perjuicios generales,
especiales, ejemplares, punitivos, directos, indirectos
o emergentes que surjan o estén vinculados al uso o
incapacidad de uso del Software.
10.2. La única responsabilidad de Tait con respecto al
Concesionario se limita al incumplimiento de lo
establecido en este acuerdo y Tait podrá optar por
reparar o reemplazar el Software o por reintegrar el
precio de venta de dicho Software al Concesionario.
Sección 11 GENERAL
11.1. NOTIFICACION DE DERECHOS DE
AUTOR. La existencia de una notificación de de
derechos de autor del Software no puede ser inter-
pretada como admisión o presunción de publicación
del Software o revelación pública de cualquier
secreto comercial asociado con el Software.
11.2. CONFORMIDAD CON LA LEGISLA-
CION. El Concesionario entiende que el Software
puede estar sujeto a las leyes y reglas de la jurisdicción
que rige sobre los Productos designados suministra-
dos y cumplirá con todas las leyes y reglas aplicables,
incluyendo las leyes y normas de exportación de
dicho país.
11.3. ASIGNACIONES Y SUBCONTRATA-
CION. Tait podrá asignar sus derechos o subcontra-
tar las obligaciones que tiene bajo este Contrato, o
gravar o vender sus derechos de cualquier Software,
sin previo aviso o consentimiento, del Concesiona-
rio.
11.4. LEY VIGENTE. Este Contrato estará sujeto y
será interpretado según el derecho neozelandés, y las
disputas entre las partes referidas a las disposiciones de
aquél serán dirimidas en los tribunales judiciales de
Nueva Zelanda. Sin embargo, Tait podrá, a su crite-
rio, iniciar causas judiciales por incumplimiento de
los términos de este Contrato o a efectos de hacer
cumplir una sentencia relativa a un incumplimiento
de los términos de este Contrato en cualquier juris-
dicción que Tait considere apropiada a fin de asegurar
el cumplimiento de los términos de este Contrato o
para obtener compensación por su incumplimiento.
11.5. BENEFICIARIOS TERCEROS. Este Con-
trato ha sido acordado únicamente entre Tait y su
Concesionario para beneficio mutuo. Ningún ter-
cero tendrá derecho a hacer
180
reclamaciones o aprobar derechos bajo este Contrato,
y ningún tercero podrá ser beneficiario de este Con-
trato. A pesar de lo anterior, cualquier persona auto-
rizada para otorgar licencias o cualquier proveedor de
software de terceros incluido en el Software será
beneficiario directo intencionado de este Contrato.
11.6. SUPER VIVENCIA. Las secciones 4, 5, 6.3, 7,
8, 9, 10, y 11 sobreviven la anulación de este Con-
trato.
11.7. ORDEN DE PRECEDENCIA. En el evento
de que surjan contradicciones entre este Contrato y
cualquier otro Contrato acordado entre las partes; las
partes acuerdan que, con respecto al contenido tra-
tado en este Contrato, éste es el Contrato que preva-
lece.
11.8. SEGURIDAD. Tait usa medios razonables en
el diseño y escritura de su propio Software y en la
adquisición de software de terceros a fin de limitar las
vulnerabilidades de seguridad. Aunque es imposible
garantizar que el software esté libre de vulnerabilida-
des de seguridad, si se descubre una de éstas, Tait
tomará las medidas especificadas en la Sección 6 de
este Contrato.
11.9. EXPORTACIÓN. El Concesionario no trans-
ferirá, ni directa ni indirectamente, ninguno de los
Productos designados, Documen-tación y Software
facilitados por el presente Contrato ni los productos
que deriven directamente de tal Documentación o
Software a ningún país para el que Nueva Zelanda, o
cualquier otro país pertinente, requiera una licencia
de exportación u otro tipo de autorización guberna-
mental si no se ha obtenido primero tal licencia o
autorización.
11.10. DIVISIBILIDAD. En el evento de que cual-
quier parte o partes de este Contrato sea/n conside-
rada/s ilegal/es, o sea/n cancelada/s o anulada/s por
cualquier Juzgado u órgano administrativo de una
jurisdicción competente, tal determinación no afec-
tará al resto de los términos de el Contrato que man-
tendrán todo su vigor como si tal parte o partes no
hubieran sido incluidas en este Contrato. Puede que
Tait reemplace la disposición no válida o no ejecuto-
ria con una válida y ejecutoria que logre la intención
original y el efecto económico de este Contrato.
11.11. GARANTÍAS DEL CONSUMIDOR. El
Concesionario reconoce que las licencias suministra-
das según los términos de este Contrato han sido pro-
vistas al Concesionario con fines comerciales, y que
las garantías y otras disposiciones de la legislación del
consumidor en vigor no serán aplicables.
11.12. TOTALIDAD DEL CONTRATO. El Con-
cesionario reconoce que ha leído este Contrato, lo ha
entendido y se compromete a cumplir sus términos
y condiciones. El Concesionario también reconoce
que (con la única excepción de que existan términos
de acuerdo por escrito entre Tait y el Concesionario
que estipulen lo contrario) este documento consti-
tuye el texto completo y único que ha acordado con
Tait en relación con el Software, el cual sustituye toda
otra propuesta o contrato anterior, ya sea oral o
escrito, y toda otra comunicación entre el Concesio-
nario y Tait relativa al Software y a los Productos
designados.
Manual de Instalación y Operación TB9100/P25 CG/P25 TAG
© Tait Limited Marzo de 2014