Este dispositivo cumple con la Parte 15 de las Reglas de la Comisión
Federal de Comunicaciones (FCC) de los Estados Unidos. La
operación está sujeta a las siguientes dos condiciones: (1) este
dispositivo no puede producir interferencia dañina, y (2) este
dispositivo debe aceptar cualquier interferencia recibida, incluyendo
interferencia que pueda causar operación no deseada.
Los cambios o modificaciones no aprobados expresamente por el
fabricante podrían anular la autorización del usuario para manejar el
equipo.
Nota:
Este equipo ha sido probado y se ha hallado que cumple con los
límites establecidos para un dispositivo digital de Clase B, según
la Parte 15 de las Reglas de la FCC. Estos límites están diseñados
para aportar protección razonable contra interferencias nocivas en
una instalación residencial. Este equipo genera, usa y puede radiar
energía de radiofrecuencia, y si no se instala y se utiliza de acuerdo
con las instrucciones, puede provocar interferencias dañinas a las
comunicaciones por radio. Sin embargo, no hay garantía de que no
habrá interferencias en una instalación en particular. Si este equipo
causa interferencia dañina a la recepción de radio o televisión, lo que
se puede determinar encendiendo y apagando el equipo, se anima
al usuario a que intente corregir la interferencia mediante una de las
siguientes medidas:
•
Reorientar o reubicar la antena receptora.
•
Aumentar la separación entre el equipo y el receptor.
•
Conectar el equipo a una toma de energía ubicada en un circuito
diferente a donde está conectado el receptor.
•
Consultar con el departamento de servicio al cliente del fabri-
cante para obtener ayuda.
Cumplimiento con FCC