8. Empleo según la destinación funcional
8.1. Limitaciones durante la explotación
¡Atención! Está prohibido utilizar el horno en las instalaciones de
producción calificadas con las categorías A, B, C de
seguridad contra incendios y explosiones de conformidad
con las normas NPB 105-2003 (Normas para la definición de
la categoría de los locales y edificios según la seguridad
contra el riesgo de incendios y explosión).
¡Atención! No se permite la utilización en calidad de combustible las
sustancias que no se especifican en el punto 5.
¡Atención! Está prohibido categóricamente la utilización en calidad de
combustible del carbón y las briquetas de carbón.
¡Atención! No se permite para efectuar el encendido la utilización
sustancias inflamables y que contengan alcohol (por ejemplo
la gasolina, el queroseno, etc.).
¡Atención! No se permite quemar papel brillante, recorterías de madera de
contrachapado, laminada y tableros de fibras, ya que esto
genera gases que pueden causar ignición explosiva.
¡Atención! Se prohíbe utilizar el horno para otros fines que no se
correspondan con su destinación funcional.
¡Atención! Se prohíbe explotar el horno con el intercambiador de calor y
con el tanque para agua caliente vacíos o con el sistema
para calentar el agua desconectado (si lo tiene).
¡Atención! Se prohíbe utilizar el horno en casas móviles, en remolques o
tiendas de campaña.
¡Atención! Se prohíbe sobrecalentar y calcinar el horno durante su
funcionamiento.
Se prohíbe sobrecalentar y calcinar el horno durante su
funcionamiento. El sobrecalentamiento y la calcinación del horno
pueden determinarse por la iluminación rojiza del metal de la caja de
fuego en la oscuridad, en particular del elemento de la tubería de la
chimenea.
Preste atención a la intensidad de la combustión, no permita el
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