RESPIRADOR APOLLO DE ALTA PRESION DE AIRE SUMINISTRADO, CASCO MODELO 600 HP
1.5
Regulaciones de la OSHA
1.5.1
A la regulación 29 CFR 1910.134 de la OSHA
para protección respiratoria en la Industria en General, se
le hace referencia a través de todo este documento. Los
estándares para protección respiratoria para la Construc-
ción 29 CFR 1926.103, y para Marítimo 29 CFR-1915.154,
1917, y 1918 se refieren a 1910.134. La regulación comple-
ta está disponible a través del Departamento del Trabajo y
su página web www.osha.gov.
1.5.2
Las regulaciones de la OSHA 29 CFR 1910.134(a)
y (c) requieren que el empleador establezca y mantenga un
programa completo, global y escrito y llevado a cabo por un
administrador debidamente entrenado a tal efecto.
1.5.3
Es esencial que el usuario esté debidamente in-
struido sobre el uso y mantenimiento del respirador. Este
manual debe estar disponible a todos los usuarios del
respirador y los usuarios deberán demostrar su enten-
dimiento acerca del material. Lea completamente todo el
manual antes de instalar y operar el quipo.
1.5.4
El respirador debe ser suministrado con aire respi-
rable que cumpla con los requisitos aquí descritos. Es re-
sponsabilidad del empleador proporcionar aire de calidad
respirable y establecer un programa que asegure que el
respirador este bien mantenido y utilizado.
1.6
Alertas Respiratorias y de Salud
ADVERTENCIA
ENVENENAMIENTO POR POLVO TOXICO
Investigaciones hechas por el Instituto Nacional
de la Salud y Seguridad Ocupacional (NIOSH) ha
descubierto riesgos asociados con el polvo que
se produce durante operaciones con chorreado
abrasivo incluyendo (aunque no limitándose a)
Plomo, Sílice, Antimonio, Arsénico, Berilio, Cad-
mio, Cromo, Cobalto, Nickel, Estaño, Nitratos
para operadores de chorreado no debidamente
protegidos y otras personas que se encuentren en
el área y estén también expuestas a esos polvos
tóxicos. Estos riesgos incluyen la debilitación de
los pulmones, sangre, hígado, riñones, enferme-
dades de la piel y enfermedades de otros órganos
que pueden poner en peligro su salud e inclusive
la muerte. El polvo tóxico es producido principal-
mente por la fractura del abrasivo que se esté us-
ando y la superficie que se esté tratando durante
el chorreado abrasivo.
La fractura de revestimientos tóxicos y de abra-
sivos peligrosos causa que los contaminantes se
suspendan en el aire. Respirar polvo tóxico gen-
erado por el abrasivo o la superficie tratada puede
causar envenenamiento y puede dañar órganos
vitales que ponen en riesgo la salud y la vida
misma. Respirar polvos provenientes de la sílice
y otros abrasivos pueden causar serias enferme-
dades respiratorias.
Es imperativo que los contratistas de chorreado
identifiquen todos los materiales retirados medi-
ante el chorreado y obtener las hojas de MSDS
(Hojas de Información de Datos de Seguridad) an-
tes de proceder al chorreado. Es responsabilidad
del empleador identificar los elementos tóxicos
suspendidos en el aire y cercanías para asegu-
rarse de que no excedan el límite permitido de
exposición (PEL) Ref. 29 CFR 1910.1000 y 29 CFR
1926.62. Un completo análisis de riesgos y peligros
debe ser llevado a cabo por un profesional califi-
cado en Higiene Industrial o algún otro profesional
certificado para identificar los contaminantes gen-
erados mediante el chorreado mismo y sus alrede-
dores cercanos.
La exposición a niveles riesgosos de tóxicos y
polvos peligrosos no representa un peligro limita-
do a los operadores del equipo solamente. Puede
haber un peligro igual o mayor presente después
del proceso de chorreado debido al polvo que
queda suspendido en el aire durante la operación
de limpieza. Pintura a base de metales pesados,
arena o sílice y los polvos provenientes de otros
materiales tóxicos, causaran serios problemas y
enfermedades pulmonares o inclusive la muerte si
no se previenen mediante el uso de respiradores
debidamente diseñados y aprobados por la NIOSH,
y respiradores de aire suministrado utilizados por
los operadores y todo el personal dentro del área
de trabajo. Las regulaciones de la OSHA, princi-
palmente en las secciones 29CFR1910, parte Z,
proporcionan los límites de exposición permitidos
para todos los tóxicos y sustancias peligrosas.
Es responsabilidad del empleador el determinar lo
peligros por inhalación asociados con el trabajo
de chorreado que se vaya a realizar. No comience
ninguna operación de chorreado sin antes com-
prender los riesgos involucrados y sin el debido
entrenamiento para el operador.
El Sistema de aire suministrado del respirador
Apollo está aprobado por la NIOSH como un respi-
rador de aire suministrado, para chorreado abra-
sivo, Tipo CE, de flujo continuo, de acuerdo con la
norma 42 CFR Parte 84.
El Factor de Protección Asignada (APF) para cual-
quier respirador de aire suministrado equipado con
una capucha de ajuste suelto o casco y operado en
modo de flujo continuo es 25, basado en la "NIOSH
Respirator Decision Logic (Pub. No. 87-108)''.
En otras palabras, cualquier respirador Tipo CE
debería solamente utilizarse en atmosferas en las
cuales el nivel de contaminante no exceda 25 vec-
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