Cisco DPC2325 DOCSIS Manual Del Usuario página 141

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Avisos de licencia de software de terceros para la puerta de enlace residencial con acceso inalámbrico Cisco modelo
DPC/EPC2325 DOCSIS
Se entenderá como "Trabajo" el trabajo de autoría, sea en formato Fuente u
Objeto, que se distribuya bajo los términos de la Licencia, según se indica en un
aviso de derechos de propiedad intelectual que se incluye en el trabajo o se
adjunta a él (consulte un ejemplo en el Apéndice que sigue).
Se entenderá como "Trabajos derivados" todos los trabajos, sean en formato
Fuente u Objeto, que se basen en (o deriven de) el Trabajo y para los que las
modificaciones editoriales, anotaciones, elaboraciones u otras modificaciones
representen, como un todo, un trabajo de autoría original. Para los propósitos de
esta Licencia, los Trabajos derivados no incluirán trabajos que permanecen
separados del Trabajo y los Trabajos derivados producidos, o que simplemente
se conectan con las interfaces de estos, o que se relacionan por el nombre con
ellos.
Se entenderá como "Colaboración" cualquier trabajo de autoría, lo que incluye la
versión original del Trabajo y todas las modificaciones o adiciones a éste o a sus
Trabajos derivados que se presenten intencionalmente al Licenciante para que el
propietario de los derechos de propiedad intelectual, una persona o Entidad
legal autorizado para representar al propietario de los derechos de propiedad
intelectual lo incluya en el Trabajo. Para los propósitos de esta definición, se
entenderá como "presentado" cualquier forma de comunicación electrónica,
verbal o escrita que se envíe al Licenciante o a sus representantes, lo que incluye
entre otros las comunicaciones en listas electrónicas de correos, sistemas de
control de código fuente y sistemas de seguimiento de problemas que sean
administradas por (o en representación de) el Licenciante para los propósitos de
analizar y mejorar el Trabajo, pero excluye las comunicaciones que estén
marcadas de manera notoria o que el propietario de los derechos de propiedad
intelectual designe por escrito como "no es una colaboración".
Se entenderá como "Colaborador" al Licenciante y a cualquier persona o Entidad
legal en representación de quien haya recibido una Contribución por parte del
Licenciante que, posteriormente, se haya incorporado en el Trabajo.
2
Concesión de la licencia de derechos de propiedad intelectual.
Sujeto a los términos y condiciones de esta Licencia, cada Colaborador a través
de este documento le otorga la licencia de derechos de propiedad intelectual
perpetua, de alcance mundial, no exclusiva, sin cargos ni regalías e irrevocable
para reproducir, sublicenciar, mostrar y ejecutar públicamente el Trabajo,
preparar Trabajos derivados de él y distribuir ambos en formato Fuente u Objeto.
3
Concesión de la licencia de patente.
4030830 Rev B
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