Información sobre normativas
Normativa de copia
E S TA D O S U N I D O S
El Congreso prohíbe, mediante una ley, la reproducción de los elementos aquí enumerados en determinadas cir-
cunstancias. Se pueden imponer multas y penas de prisión a los responsables de hacer dichas copias.
1. Bonos o valores del gobierno de Estados Unidos, como:
• Certificados de deuda.
• Moneda de bancos nacionales.
• Cupones de bonos.
• Billetes bancarios de la Reserva Federal.
• Certificados de depósito de plata.
• Certificados de depósito de oro.
• Bonos de Estados Unidos.
• Pagarés del tesoro.
• Billetes de la Reserva Federal.
• Billetes fraccionarios.
• Certificados de depósito.
• Papel moneda.
• Bonos y obligaciones de determinadas agencias gubernamentales, como la FHA, etc.
• Bonos. Los bonos de ahorros de EE. UU. solo pueden ser fotografiados con fines publicitarios en relación
con la campaña para su venta.
• Timbre interno. Si es necesario reproducir un documento legal en el que haya un timbre matasellado, se
podrá hacer siempre que la reproducción del documento tenga fines legales.
• Sellos de correo, matasellados o sin matasellar. Los sellos de correo se pueden fotografiar, con fines fila-
télicos, siempre que la reproducción sea en blanco y negro y su tamaño sea inferior al 75% o superior al
150% del original.
• Giros postales.
• Letras, cheques o efectos monetarios expedidos por funcionarios autorizados de Estados Unidos.
• Sellos y otros exponentes de valor, con cualquier denominación, que hayan sido o puedan ser emitidos
mediante alguna ley del Congreso.
• Certificados de indemnizaciones para veteranos de las Guerras Mundiales.
2. Bonos o valores de cualquier gobierno, banco o corporación del extranjero.
412
Equipo multifunción Xerox
®
AltaLink
®
series B8145/B8155/B8170 Guía del usuario