2.1.
Principales medidas de seguridad
2.1.1.3. Aseguramiento de las medidas
de seguridad por el prestador
de servicios
•
Debe asegurar que la máquina esté funcionando solamente
en tales condiciones y para tales fines para los cuales tenga
la capacidad técnica según las condiciones establecidas por
el productor y por las normas correspondientes.
•
Debe asegurar el uso de la máquina de tal manera y en tales
lugares de trabajo que no exista peligro de transmitir vibra-
ciones peligrosas y causar daños en objetos cercanos, etc.
•
Debe asegurar un control regular del funcionamiento y del
estado técnico y un mantenimiento regular de la máquina
en los intervalos según el manual para la lubricación y man-
tenimiento. En el caso de un estado técnico insatisfactorio
de la máquina en tal medida que ésta represente una ame-
naza para la seguridad del tránsito, personas, propiedades
o causa daño o altere el medio ambiente, hay que ponerla
fuera del servicio hasta eliminar las fallas
•
Debe determinar quien y que actos puede realizar duran-
te el funcionamiento, mantenimiento y reparaciones de la
máquina.
•
Todo aquel que maneje la máquina o realice el manteni-
miento y reparaciones de la máquina debe tener conoci-
miento de reglas indicadas en el manual de uso de la má-
quina.
•
Debe asegurar que el extintor de fuegos esté controlado re-
gularmente.
•
Debe asegurar que el "Manual de manejo" esté colocado en
un lugar determinado en la máquina.
•
Tiene que asegurar una vigilancia permanente realizada
por un trabajador determinado durante el trabajo de la má-
quina, durante el tránsito en vías públicas y sobre todo que
tenga obligación de dar instrucciones para garantizar la se-
guridad del trabajo.
•
Debe asegurar la eliminación de sustancias peligrosas (com-
bustible, aceite, líquido de enfriamiento, etc.) de lugares del
derrame de acuerdo a sus propiedades para impedir una in-
fluencia adversa al medio ambiente, seguridad del tránsito y
salud de las personas.
20
2.1.2. Requerimientos para la cualificación
del operador de la máquina
•
La máquina puede ser conducida por una persona, que fue
instruida según ISO 7130 y otros reglamentos locales y na-
cionales y según las normas destinadas para los operadores
de este tipo de máquinas.
ARR 1575