INFORMACIÓN PARA EL USUARIO
en virtud del artículo 14 de la Directiva 2012/19/UE, de 07/07/2012, sobre residuos de aparatos
eléctricos y electrónicos (RAEE).
• El símbolo anterior, presente también en el aparato, indica que se ha comercializado y que
debe desecharse por separado cuando el usuario decida eliminarlo (incluyendo todos los
componentes, subconjuntos y consumibles que forman parte integrante del producto).
• Para obtener información sobre los sistemas de recogida de estos aparatos, póngase en
contacto con empresas u otro organismo inscrito en los distintos Registros Nacionales del
resto de países de la Unión Europea.
Los residuos de origen doméstico (o de origen similar) pueden desecharse en los sistemas
de recogida selectiva de residuos urbanos.
• En el momento de la compra de un nuevo aparato de tipo equivalente, se puede entregar el
aparato antiguo al vendedor. Posteriormente, el vendedor se encargará de ponerse en
contacto con la empresa responsable de la recogida del aparato.
• La recogida selectiva adecuada del aparato desechado y el inicio de las posteriores
operaciones de tratamiento, recuperación y eliminación compatible con el medio ambiente
permite evitar posibles efectos negativos en el medio ambiente y en la salud, y favorece el
reciclaje y la recuperación de los materiales que componen el aparato.
La eliminación incorrecta del aparato por parte del usuario conlleva la aplicación de las
sanciones previstas en las transposiciones nacionales de las directivas europeas 2011/65/UE,
2008/98/CE y 2015/1127/UE.
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