Información preliminar
Primera puesta en marcha
La primera puesta en funcionamiento y
la adaptación de la regulación a las con-
diciones locales y arquitectónicas
deberá efectuarlas la empresa instala-
dora de calefacción.
Uso previsto
Conforme al uso previsto, el equipo debe
instalarse y utilizarse exclusivamente en
sistemas de calefacción cerrados según
la norma EN 12828, teniendo en cuenta
las instrucciones de montaje, para man-
tenedor y S.A.T. y las instrucciones de
servicio correspondientes. Está previsto
exclusivamente para el calentamiento
de agua de calefacción con calidad de
agua sanitaria.
El uso previsto establece que se haya
efectuado una instalación estacionaria
en combinación con componentes auto-
rizados específicos de la instalación.
La utilización industrial o comercial con
fines diferentes a la calefacción de edi-
ficios o la producción de A.C.S. se con-
sidera no admisible.
Términos especializados
Para lograr una mejor comprensión de
las funciones de la regulación de
Viessmann, se describen con mayor
detalle algunos términos especializa-
dos.
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Cualquier otra utilización deberá ser
autorizada por el fabricante, según las
circunstancias.
Está prohibido el uso incorrecto o un
manejo inadecuado del equipo (p. ej., la
apertura del mismo por parte de la
empresa instaladora de calefacción) y
supone la exoneración de la responsa-
bilidad. También se considera un uso
inadmisible la modificación de la función
apropiada de componentes del sistema
de calefacción (p. ej. cerrando las sali-
das de humos y las entradas de aire).
Estos términos especializados se iden-
tifican del siguiente modo: