Advertencias:
•
El circuito eléctrico y la conexión del horno / gasodoméstico a la red eléctrica
debe ser realizada por personal calificado.
•
El circuito eléctrico al cual se conecta el horno / gasodoméstico debe estar
independiente de otros y tener la capacidad de suministro de corriente adecua-
da. Los interruptores térmicos "breakers" de la caja de suministro eléctrico no
deben ser reemplazados por otros de mayor amperaje en condiciones normales.
•
El cable de suministro de energía del artefacto tiene su respectivo enchufe
diseñado con una capacidad de corriente equivalente a su potencial nominal.
Por ningún motivo lo cambie o empalme un cable de suministro diferente; esto
podría deteriorarlo y causar cortocircuito.
•
Evite que los cables eléctricos de otros aparatos toquen con partes calientes del
horno / gasodoméstico.
•
Antes de sustituir cualquier elemento eléctrico, desconecte el cable de
alimentación de la red eléctrica.
•
Recuerde que el fabricante no se responzabiliza por eventuales daños, causados
por la falta de conexión a tierra, o una istalación incorrecta.
8. Conexión al suministro de gas
Es necesario que todas las operaciones
relacionadas con la instalación sean
realizadas por personal calificado, la
compañía de gas o por el personal
autorizado de nuestro servicio técnico.
Antes de efectuarse la conexión del
horno / gasodoméstico, debe compro-
bar que esté reglado para el tipo de
gas a suministrar. (Si es necesario
convertir el horno / gasodoméstico a
otro tipo de gas, siga las instrucciones
que se encuentran en el apartado 10
"Conversión de gas LP a Gas Natural"
de este manual.
Referencias a normas por país:
Para el mercado Colombiano
NTC3561 (para requisitos de mangueras
flexibles): NTC 3632 (características de
conectores en tuberías y mangueras);
NTC 2505 (para requisitos de válvulas
de corte manuales).
Para el mercado Ecuatoriano
•
Los cilindros que contienen el gas
licuado de petróleo deben cumplir
con los requisitos establecidos en la
NTE INEN 111.
•
Las mangueras de conducción del
gas combustible entre cilindro y el
artefacto deben cumplir con los requi-
sitos especificados en la NTE INEN 885.
•
Las válvulas utilizadas en el cilindro de
gas deben cumplir con los requisitos
establecidos en la NTE INEN 116.
•
Los reguladores de baja presión utiliza-
dos para estos artefactos deben
cumplir con los requisitos especifica-
dos en la NTE INEN 1 682.
•
Las boquillas de acople para mangu-
eras deben cumplir con los requisitos
dimensionales establecidos en la NTE
INEN 886.
•
Los
conjuntos
técnicos
reguladores y mangueras) que se
utilizan con los cilindros de gas licuado
de petróleo y que se comercializan en
el país, deben contar con el respectivo
certificado
de
conformidad
norma, según lo indicado en la
regulación
No.
DPG-98-06
1998-07-03 y publicada en el Registro
Oficial No. 40 de 1998-10-05.
(válvulas,
con
de
19