Información reguladora y de licencia
Contrato de licencia del software HP
El cliente sólo podrá transferir los derechos del software a otra persona como parte de la transferencia de todos los derechos y sólo si el cliente obtiene el
compromiso previo de dicha persona de regirse por los términos de este Contrato de licencia. En caso de tal transferencia, el cliente acepta que sus derechos
respecto al software han terminado y se compromete a destruir sus copias y adaptaciones, o bien a entregarlas a la otra persona.
SUBCONTRATACIÓN Y DISTRIBUCIÓN.
El cliente no podrá arrendar o subcontratar el software, ni distribuir al público copias o adaptaciones del mismo, ya fuere a través de medios físicos o
mediante telecomunicaciones, sin el previo consentimiento por escrito de Hewlett-Packard.
FINALIZACIÓN.
Hewlett-Packard podrá dar por finalizada esta licencia de software si se produce la vulneración de cualquiera de estos términos, siempre que
Hewlett-Packard haya pedido al cliente que rectifique tal vulneración y que el cliente no lo haga dentro de un plazo de treinta (30) días a partir de la fecha
en la que Hewlett-Packard haya efectuado dicha petición.
ACTUALIZACIONES Y MEJORAS.
El cliente acepta que el software no incluye ninguna actualización ni mejora que Hewlett-Packard pueda ofrecer mediante otro contrato de soporte distinto.
CLÁUSULA REFERENTE A LA EXPORTACIÓN.
El cliente se compromete a no exportar ni reexportar el software o cualquier copia o adaptación si ello constituyese una vulneración de las leyes de
exportación de la Administración de los EE.UU. u otra legislación aplicable.
DERECHOS LIMITADOS DEL GOBIERNO DE LOS EE.UU.
La utilización, duplicación o divulgación por parte del Gobierno de los EE.UU. están sujetas a las restricciones establecidas en el subapartado (c)(1)(ii) de
la cláusula sobre Derechos en datos técnicos y software informático contenida en DFARS 252.227-7013. Hewlett-Packard Company, 3000 Hanover Street,
Palo Alto, CA 94304 EE.UU. Los derechos para departamentos y agencias del Gobierno de los EE.UU. ajenos al Departamento de Defensa (DOD), se
estipulan en FAR 52.227-19(c)(1,2).
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