Sembradora W 1770 S IV
6.2.9. El vehículo especial deberá circular acompañado CINCUENTA METROS (50m.)
adelante por un vehículo guía. Dicho vehículo guía deberá ser un automóvil o
camioneta que circulará portando una baliza amarilla intermitente en su techo, y las
balizas reglamentarias del vehículo permanentemente encendidas.
En los CUATRO (4) extremos del vehículo deben instalarse banderas de CINCUENTA
CENTIMETROS (50 cm.) por SETENTA CENTIMETROS (70 m) como mínimo, de
colores rojo y blancos a rayas a CUARENTA Y CINCO GRADOS (45º) y de DIEZ
CENTIMETROS (10 cm.) de ancho, confeccionadas en tela aprobada por normas
IRAM para banderas.
6.2.10. Cuando el vehículo especial deba invadir la calzada opuesta, el vehículo guía deberá
actuar controlando el tránsito de manera de alertar a los conductores que circulan en
sentido inverso de la presencia del carretón.
6.2.11. El vehículo especial y el vehículo guía no formarán parte de trenes agrícolas,
debiendo circular separados a QUINIENTOS METROS (500 m.) de distancia de
Otros vehículos especiales o maquinaria agrícola.
6.2.12. En el vehículo especial deben instalarse CUATRO (4) placas de CUARENTA
CENTIMETROS (40 cm.) de ancho por SESENTA CENTIMETROS (60 cm.) de altura
en las CUATRO (4) salientes de la carga, en material reflectivo con rayas oblicuas
blancas y rojas de DIEZ CENTIMETROS (10 cm.) de ancho cada una y a
CUARENTA Y CINCO GRADOS (45º). El señalamiento se complementará con
CUATRO (4) balizas reglamentarias amarillas, instaladas en los CUATRO (4)
Extremos salientes.
En la parte posterior del carretón deberá colocarse UN (1) cartel reflectivo que tenga
como mínimo DOS METROS (2 m.) de ancho por UN METRO CON CINCUENTA
CENTIMETROS (1,50 m.) de alto, borde rayado con franjas rojas y blancas a
CUARENTA Y CINCO GRADOS (45º) y de DIEZ CENTIMETROS (10 cm.) de
ancho, y en el centro sobre fondo blanco y letras negras la leyenda:
PRECAUCION DE SOBREPASO ANCHO: ...m LARGO: ...m.
El nivel de retroreflección del cartel rígido se ajustará, como mínimo, a los
coeficientes de la norma IRAM 3952/84, según sus métodos de ensayo.
Ley nacional de tránsito
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