FCC Parte 15
Este dispositivo cumple la Parte 15 de las Normas de la FCC. Su funcionamiento
está sujeto a las dos condiciones siguientes: (1) este dispositivo no puede causar
interferencias perjudiciales, y (2) este dispositivo debe aceptar cualquier
interferencia recibida, incluyendo interferencias que puedan causar un
funcionamiento no deseado.
Advertencia: Los cambios o modificaciones a esta unidad no aprobados
expresamente por la parte responsable del cumplimiento podrían anular la
autoridad del usuario para operar el equipo.
AVISO: Este equipo ha sido probado y cumple con los límites establecidos para los
dispositivos digitales de Clase B, de acuerdo con la Parte 15 de las Normas de la
FCC. Estos límites están diseñados para proporcionar una protección razonable
contra interferencias perjudiciales en una instalación residencial. Este equipo
genera, utiliza y puede irradiar energía de radiofrecuencia y, si no se instala y
utiliza de acuerdo con las instrucciones, puede causar interferencias molestas en
las comunicaciones de radio.
Sin embargo, no hay garantía de que no se produzcan interferencias en una
instalación en particular. Si este equipo causa interferencias molestas en la
recepción de radio o televisión, lo cual puede determinarse apagando y
encendiendo el equipo, se recomienda intentar corregir la interferencia por medio
de una o más de las siguientes medidas:
Reorientar o reubicar la antena receptora.
Aumentar la separación entre el equipo y el receptor.
Conectar el equipo a un tomacorriente en un circuito diferente al que está
conectado el receptor.
Consulte al distribuidor o un técnico experimentado de radio/televisión
para obtener ayuda.
FCC
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