- La longitud máxima transitable del tramo vertical canalizado flexible de Ø 50 es equivalente a 13 m rectilíneos. Esta longitud se ob-
tiene considerando el terminal de aspiración completo de Ø 80, 1 m de tubo Ø 80 en descarga, ambos codos de 90° de Ø 80 en la salida
de la caldera y el racor en T reducido de Ø 80/50.
1.24 CONFIGURACIÓN TIPO B CON CÁMARA ABIERTA Y TIRO FORZADO PARA INTERIOR
El equipo se puede instalar en el interior de los edificios en modalidad B
nicas, las reglas técnicas y las regulaciones vigentes, nacionales y locales.
Para la instalación es necesario usar el kit correspondiente, para lo que debe consultar el (Párr. 1.15).
1.25 EVACUACIÓN DE HUMOS A TRAVÉS DE CHIMENEA INDIVIDUAL/COLECTIVA
La evacuación de humos no debe conectarse a una chimenea colectiva ramificada de tipo tradicional para aparatos de tipo B con tiro na-
tural (CCR).
La evacuación de humos, solo en las calderas instaladas en configuración C, puede conectarse a una evacuación de humos colectiva espe-
cial, tipo LAS.
Para las configuraciones B
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terminal correspondiente, a excepción de disposiciones normativas locales vigentes.
Los conductos de evacuación de humos colectivos y combinados se deben conectar solo a aparatos del tipo C y del mismo tipo (condensa-
ción), con capacidades térmicas nominales que no difieran de más de un 30% menos respecto al máximo que se puede conectar y que es-
tén alimentados por un mismo combustible.
Las características termofluidodinámicas (caudal de masa de humos, % de anhídrido carbónico, % de humedad, etc.) de los aparatos co-
nectados a los mismos conductos de evacuación de humos colectivos o combinados, no deben diferir de más de un 10% respecto a la cal-
dera media conectada.
Las chimeneas colectivas y combinadas se deben diseñar de acuerdo con los métodos de cálculo y las especificaciones de las normativas
técnicas vigentes (por ejemplo UNE EN 13384), por personal técnico cualificado.
Las secciones de las chimeneas a las que se conecta el tubo de evacuación de humos deben cumplir los requisitos de las normativas técni-
cas en vigor.
Se admite la posibilidad de sustituir un aparato de tipo C convencional, por uno de condensación solo si se cumplen las condiciones exi-
gidas por las normativas vigentes.
es posible solo la evacuación en chimenea individual o directamente en la atmósfera externa mediante el
C
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o B
; en este caso, se recomienda respetar todas las normas téc-
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