Reglamento (UE) n ° 517/2014 del 16/04/14 sobre gases fluorados de efecto
invernadero y anulación del Reglamento (CE) n ° 842/2006
Inspección de fugas
1. Los operadores de equipos que contengan gases invernaderos fluorados en cantidades de 5 toneladas de CO2, equivalentes o más y no
contenidas en espumas deberán asegurarse de que el equipo se ha comprobado si hay fugas.
2. Para equipos que contengan gases fluorados de efecto invernadero en cantidades de 5 toneladas de CO2 equivalente o más, pero de
menos de 50 toneladas de CO2 equivalente: al menos cada 12 meses.
Foto de la equivalencia de CO2
1. Carga en kg y toneladas de CO2.
Carga y toneladas de CO2
De 2 a 30 kg carga = de 5 a 50 Toneladas
En cuanto a la Gaz R 410a, 2,39kg por un importe de 5 toneladas de CO2, se compromete a comprobar
cada año.
Entrenamiento y Certificación
1. El operador de la pertinente aplicación debe garantizar que el personal pertinente haya obtenido la certificación
necesaria, lo que implica un conocimiento adecuado de las normas y reglamentaciones aplicables, así como la competencia
necesaria en materia de prevención de emisiones y recuperación de gases fluorados tipo y tamaño del equipo.
Mantenimiento de registros
1. Los explotadores de equipos que se requieran verificar fugas deberán establecer y mantener registros para cada pieza
de dicho equipo especificando la siguiente información:
A) La cantidad y el tipo de gases fluorados de efecto invernadero instalados;
B) La cantidad de gases fluorados de efecto invernadero añadidas durante la instalación, el mantenimiento o el servicio o
debido a fugas;
C) si se han reciclado o recuperado la cantidad de gases fluorados de efecto invernadero instalados, incluido el nombre y la
dirección de la instalación de reciclado o de regeneración y, en su caso, el número del certificado;
D) La cantidad de gases fluorados de efecto invernadero recuperados
E) La identidad de la empresa instalada, reparada, mantenida y, en su caso, reparada o desmantelada el equipo, incluido,
en su caso, el número de su certificado;
F) Las fechas y resultados de los controles efectuados;
G) Si el equipo fuera desmantelado, las medidas adoptadas para recuperar y tratar de los gases fluorados de efecto
invernadero
2. El operador debe conservar los registros durante al menos cinco años, las empresas que realicen las actividades de
los operadores deben conservar las copias de los registros durante al menos cinco años.
Frecuencia de la prueba
Cada año
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